Convocatoria de subvenciones para actividades extraescolares en Centros Públicos de Enseñanza Secundaria
Qué financia
Financia la realización de actividades extraescolares y educativas no curriculares en Centros Públicos de Enseñanza Secundaria
A quién va dirigida
Centros públicos de enseñanza secundaria municipales
Requisitos
- No estar incurso en circunstancias prohibidas por la Ley 38/2003
- Garantizar el cumplimiento de los requisitos de protección integral a la infancia y adolescencia
- Hallarse al corriente en obligaciones tributarias, Seguridad Social e Hacienda Municipal
- Tener justificada cualquier subvención anterior
- Certificación del número de alumnos matriculados en el centro educativo durante el curso académico 2025/2026
- Certificación de entidad bancaria con código IBAN
- Presentación de un proyecto detallado
- Fotocopia del CIF del Centro
- Fotocopia del DNI del Director/a del Centro
- Certificado del Secretario/a con el número de alumnos matriculados
- Certificación bancaria con IBAN
- Declaración formal de otros ingresos o subvenciones
Gastos subvencionables
- Gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de junio de 2027
- No incluyen gastos no específicos del objeto, asistencia a espectáculos, adquisición de mobiliario o equipos, inversiones, intereses deudores, sanciones administrativas ni impuestos indirectos susceptibles de recuperación
- Alquiler de bienes inmuebles y muebles
- Seguros directamente relacionados con el proyecto
- Formación contratada por cuenta propia
- Locomoción justificada
Criterios de valoración
- Descripción y organización de las actividades (hasta 4 puntos)
- Contenidos didácticos y pedagógicos (hasta 3 puntos)
- Metodología
- Métodos de evaluación y seguimiento
- Infraestructuras, recursos materiales y técnicos, recursos humanos
- Presupuesto detallado
- Metodología prevista para la planificación, seguimiento y evaluación (hasta 3 puntos)
- Número de alumnos matriculados en el Centro (hasta 3 puntos)
- Nivel de concreción del presupuesto (hasta 2 puntos)
Documentación a presentar
- Proyecto para el que se solicita subvención con detalles precisos
- Declaración formal de otros ingresos o subvenciones
- Documento Nacional de Identidad del Director y Código de Identificación Fiscal del Centro
- Certificado del Secretario del Instituto con número de alumnos matriculados en 2025/2026
- Certificado bancario con IBAN
- Certificación del número de alumnos
- Certificación de entidad bancaria
- Proyecto detallado de la actividad
- Facturas y contratos correspondientes a los gastos subvencionables
- Extractos bancarios para pagos efectuados
- Modelo 115 si corresponde al ingreso de retenciones del IRPF
Condiciones económicas
El pago se realizará con carácter anticipado a su justificación; el prorrateo entre los beneficiarios será equitativo y proporcional a la puntuación obtenida por cada centro.; El importe de la subvención no podrá exceder el coste total de la actividad o proyecto. El pago se efectúa por el importe total aprobado una vez concedida la subvención.; Los pagos efectuados no deben superar los 300 € en efectivo o por tarjeta. Los gastos se justifican mediante facturas, contratos y extractos bancarios.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.