● Abierta120.000 €

Convocatoria de subvenciones para asociaciones y entidades vecinales de Mieres

LOCAL · MIERES · AYUNTAMIENTO DE MIERES (ASTURIAS)
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones del ayuntamiento de mieres en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones y entidades vecinales del municipio para el año 2026.
Resumen: Es una convocatoria competitiva del ayuntamiento de Mieres para apoyar a asociaciones y entidades locales en Asturias.

Qué financia

Financia diversas actuaciones económicas de interés local.

A quién va dirigida

Asociaciones y entidades vecinales que no desarrollan actividad económica propia.

Requisitos

  • Ser asociación o entidad vecinal del municipio
  • Cumplir requisitos para ser beneficiaria
  • Cumplir las obligaciones que les vengan impuestas por la normativa estatal o autonómica en materia de igualdad.
  • Cumplir las obligaciones en materia de Transparencia conforme a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno y Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

Gastos subvencionables

  • Gastos de funcionamiento/mantenimiento
  • Programas, proyectos y actividades destinados a promover la participación ciudadana
  • Celebraciones populares que contribuyan a mantener tradiciones culturales o costumbres propias de arraigo en los pueblos y/o barrios
  • Actividades dirigidas a niños/as, jóvenes y/o personas mayores

Criterios de valoración

  • Implantación territorial y representatividad (hasta 20 puntos)
  • Capacidad de autofinanciación (hasta 5 puntos)
  • Gastos de funcionamiento/mantenimiento (hasta 25 puntos)
  • Programas, proyectos y actividades destinados a promover la participación ciudadana (hasta 50 puntos)

Documentación a presentar

  • Solicitud
  • Presupuesto total de Gastos e Ingresos
  • Ficha de acreedor
  • Declaración Responsable
  • Relación de Gastos. Cuenta Justificativa
  • Declaración Responsable de IVA soportado
  • Declaración Responsable Transparencia
  • Documentos que acrediten la personalidad del/de la solicitante (Estatutos, escritura de constitución o modificación, acta fundacional...).
  • Programa detallado de la finalidad de la entidad.
  • Presupuesto total de gastos e ingresos debidamente detallado (mod. MI-15-08)
  • Declaración Responsable (Mod. MI-15-05).
  • Ficha de Acreedor/a (Mod. MI-02-01).

Condiciones económicas

El importe a subvencionar se calcula mediante un sistema proporcional basado en la puntuación obtenida y el crédito anual. La cuantía máxima de la subvención no superará el 80% del importe solicitado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones y entidades vecinales que no desarrollan actividad económica propia.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El importe a subvencionar se calcula mediante un sistema proporcional basado en la puntuación obtenida y el crédito anual. La cuantía máxima de la subvención no superará el 80% del importe solicitado.. Presupuesto total: 120.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA.. Fin: 15 días hábiles desde el día siguiente al de publicación en el BOPA del extracto de la convocatoria..

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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