Convocatoria de subvenciones para costes salariales en Asturias
Qué financia
Financia el pago de salarios a trabajadores en diferentes sectores económicos.
A quién va dirigida
Pymes, autónomos y trabajadores por cuenta propia que operan en Asturias en sectores como servicios postales, transporte terrestre, jardinería, etc.
Requisitos
- Ser empresa calificada y registrada como Centro Especial de Empleo en el Principado de Asturias
- Cumplir con las exigencias del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Ser centro especial de empleo radicado en Asturias
- Tener personas trabajadoras con discapacidad en la plantilla
- Cumplir con los requisitos laborales y de seguridad social
- Ser persona con discapacidad o pensionista de la Seguridad Social con reconocida incapacidad permanente
- Alta en la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad
- Cumplir con el Salario Mínimo Interprofesional vigente
Gastos subvencionables
- Coste salarial de personas trabajadoras con discapacidad
- Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
- Costes salariales correspondientes a las personas trabajadoras con discapacidad
- Coste salarial correspondiente a las personas que forman parte de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
- Pagas extraordinarias, días de vacaciones y descanso retribuidos
Criterios de valoración
- Prorrateo del crédito disponible entre los beneficiarios si no permite atender todas las solicitudes por el importe máximo subvencionable en los programas dirigidos al coste salarial
- Criterio específico para prorratear en caso de subvenciones a Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
- % de personas trabajadoras con contrato indefinido no fijo discontinuo
- % de personas trabajadoras con especiales dificultades de empleabilidad
- % de mujeres con especiales dificultades de empleabilidad
- # de personas insertadas en el mercado ordinario de trabajo
Documentación a presentar
- Acta, escritura o documento de constitución, estatutos y, en su caso, modificación de ellos
- Documento acreditativo de poder de representación del firmante
- Certificado o justificante acreditativo de la inscripción como Centro Especial de Empleo
- Acreditación de haber sido declarada de utilidad pública (si corresponde)
- Datos bancarios de la entidad solicitante
- Documentos específicos requeridos por cada programa de ayudas
- Relación de personas trabajadoras con discapacidad
- Contratos laborales firmados
- Informes médicos de compatibilidad
- Autorizaciones para consulta de datos personales
- Documentos de identidad y alta en Seguridad Social
- Informe favorable emitido al inicio de la relación laboral
- Resolución administrativa de incapacidad permanente
- Autorización para consulta de datos personales y costes salariales
- Copia del DNI o NIE, certificación de discapacidad, TA2, informe de vida laboral
- Solicitud justificativa mensual, relación de personas trabajadoras, informe Vida Laboral, documentos RLC/RNT, nómina y certificado bancario
Condiciones económicas
El crédito es financiado al 100% por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (SEPE). La cuantía total máxima tiene carácter estimativo, permitiendo redistribución entre aplicaciones presupuestarias si hay sobrante.; La cuantía se calcula en función de la jornada de trabajo y los días efectivamente trabajados. No se subvencionan costes salariales que superen el salario mínimo interprofesional o no cumplan con las obligaciones legales.; Cofinanciación, tope del 10% del SMV, considera días efectivamente trabajados y pagas extraordinarias.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.