Convocatoria de subvenciones para el mantenimiento y servicios básicos en el medio rural
Qué financia
Financia proyectos de mantenimiento y consolidación de estructuras comerciales y servicios básicos en el medio rural.
A quién va dirigida
Pymes y particulares que operan o desean desarrollar actividades económicas en zonas rurales de Guadalajara.
Requisitos
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Desarrollar la actividad en un núcleo de población con entidad de hasta 500 habitantes
- La actividad comercial debe ser subvencionable según los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas
- No encontrarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública
- Estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Diputación Provincial
- No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
- Reunir los requisitos exigidos en las normas reguladoras
- No estar inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública
- Cumplirse con sus obligaciones tributarias, seguridad social y con la Diputación Provincial
- No estar en situación de beneficiario según el artículo 13 de la Ley 38/2003.
- No haber solicitado/recibido ayudas con el mismo objeto de otras Administraciones o Entidades Públicas, excepto las especificadas.
Gastos subvencionables
- Cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Gastos derivados del pago de la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de los meses de enero a junio
- Otros gastos derivados del funcionamiento de la explotación de su negocio
- Gastos derivados del pago de la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para los meses de enero a junio.
- Gastos derivados del pago de la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para otros meses.
Criterios de valoración
- Si el solicitante presenta únicamente el pago de la cuota de autónomo de un mes: 1 punto
- Si presenta el abono de dos meses: 2 puntos
- Si presenta el abono de tres meses: 3 puntos
- Si presenta el abono de cuatro meses: 4 puntos
- Si presenta el abono de cinco meses: 5 puntos
- Si presenta el abono de seis meses: 6 puntos
Documentación a presentar
- Anexo I (Impreso de Solicitud)
- Anexo II (Declaración Responsable)
- Anexo III (Ficha de Tercero)
- Anexo IV (Modelo de Justificación)
- Anexo V (Memoria de actividades realizadas e Informe de los resultados obtenidos)
- Fotocopia del D.N.I./N.I.E. del solicitante
- Recibos correspondientes a los pagos de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, de los meses de enero a junio de 2026
- Medidas de difusión (fotografía donde aparezca el distintivo adhesivo)
- Recibos correspondientes a los pagos de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Condiciones económicas
La subvención se calcula según el número de meses que el solicitante esté dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el periodo de enero a junio de 2026. Se efectúa un prorrateo del importe global máximo entre los beneficiarios.; El importe de todas las subvenciones recibidas por el beneficiario nunca podrá ser superior al coste de la actividad desarrollada. La justificación del gasto se efectúa en el momento de la presentación de la solicitud, aportando documentación específica.; La subvención no supera el coste total de la actividad subvencionada. Se requiere cumplimentar una sola columna del informe de ayudas recibidas, ya sea 'Importe Solicitado' o 'Importe Concedido'.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.