Convocatoria de subvenciones para emprendimiento empresarial en Pozoblanco
Qué financia
Financia el inicio de actividad empresarial
A quién va dirigida
Pymes y autónomos del sector de otros servicios en la comuna de Pozoblanco, Córdoba
Requisitos
- Fijar domicilio fiscal en Pozoblanco
- Partir de una situación de desempleo antes de formalizar la alta en RETA
- No haber estado inscrito en el Régimen Especial Agrario (RETA y/o SETA) en un plazo de 12 meses anterior a la fecha de alta de la actividad
- Causar alta en RETA durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Causar alta en la actividad subvencionada en la Agencia Tributaria, entre el día 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Estar al corriente en los pagos con la Administración (Agencia Tributaria Estatal y Autonómica, Hacienda Local, Seguridad Social y Ayuntamiento de Pozoblanco)
- Contar con todas las autorizaciones que correspondan a la actividad
- Mantener el destino de la actividad durante 1 año desde la fecha de alta en la Agencia Tributaria
- Estar al corriente con las obligaciones de pago a la Administración, Seguridad Social y Ayuntamiento
- Comunicar modificaciones o otras subvenciones obtenidas en el plazo de 15 días
- Justificar los gastos pagados de la actividad empresarial
- Difundir públicamente la financiación obtenida
- Justificar documentalmente el cumplimiento de la subvención
- Presentar la documentación justificativa dentro del plazo establecido
Gastos subvencionables
- Conceptos vinculados a la actividad económica desarrollada, según criterios de imputación y valoración de la Agencia Tributaria
- Costes relacionados con la actividad empresarial interpretados según el criterio que la Agencia Tributaria establece para dichos gastos como deducibles
Criterios de valoración
- Cumplimiento de los requisitos previstos en las bases
- Disponibilidades presupuestarias
Documentación a presentar
- Modelo de solicitud (Anexo I)
- Fotocopia del DNI o NIE del solicitante
- Fotocopia del CIF y documento que legalmente corresponda para personas jurídicas
- Certificado bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente
- Informe de Vida Laboral actualizado
- Certificado censal de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
- Autorización Expresa de cada socio beneficiario (para personas jurídicas)
- Modelo de Justificación Plan Impulsa+ Emprendimiento (Anexo III), debidamente cumplimentada y firmada en todas sus páginas
- Justificantes de pago de los recibos de autónomo de los 12 meses siguientes a la fecha de alta de la actividad en la Agencia Tributaria
- Facturas de los gastos relacionados con la actividad (según criterio establecido por la Agencia Tributaria)
- Documentos justificantes de pago de las facturas
Condiciones económicas
El presupuesto total es de 60.000€; se aplica según disponibilidad presupuestaria; El importe máximo es para tres socios por empresa. Hay condiciones adicionales como residencia, ubicación del local y proyecto innovador que pueden aumentar el monto.; El pago se ajustará al importe justificado, aunque sea menor que el total de la ayuda concedida. La subvención se paga previa justificación de los gastos realizados durante el primer año desde el alta en la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.