● Abierta80% del coste105.100 €

Convocatoria de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en Fene

LOCAL · FENE · AYUNTAMIENTO DE FENE
Denominación oficial (BDNS): Resolución de alcaldía 765, del 16.06.2026, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurerencia competitiva, a entidades sin fines de lucro para el año 2026
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece ayudas a organizaciones benéficas para proyectos culturales, deportivos y educativos en A Coruña.

Qué financia

Financia actividades artísticas, deportivas y de educación en la comuna de Fene

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro que operan en el ámbito cultural, deportivo o educativo de A Coruña

Requisitos

  • Carecer de ánimo de lucro
  • Tener sede y desarrollar actividades en Fene
  • Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones correspondiente
  • No estar incurso en causas de incompatibilidad o incapacidad para ser beneficiaria
  • Las actividades deben ser de interés para el Concello
  • Cumplir con los criterios de valoración establecidos
  • Presentar la documentación requerida para justificar el gasto subvencionado

Gastos subvencionables

  • Gastos correntes derivados de celebracións, exposicións, concursos, certames...
  • Mantemento de instalaciones
  • Adquisición de material non inventariable
  • Realización de obras que no sean consideradas investimentos
  • Organización de escolas culturales y deportivas
  • Desprazamientos colectivos en autobús o excursións para la realización de actuaciones
  • Gastos realizados en actividades culturales, deportivas y educativas
  • Inscripción y asistencia a campionatos
  • Costos de personal (nóminas)
  • Otros gastos relacionados con la actividad subvencionada

Criterios de valoración

  • Mantemento de instalacións: hasta 10 puntos
  • Colaboración en actividades municipais: hasta 1 punto por colaboración
  • Desarrollo de actividades: puntuación según tipo y duración de la actividad
  • Puntos por tipo de equipo o actividad deportiva
  • Puntos por escola, obradoiro y actividades estable/puntuales
  • Puntos por adestradores titulados
  • Puntos por inscripción e asistencia a campionatos

Documentación a presentar

  • Formulario A: Instancia de solicitud asinada por el presidente/a de la entidad
  • Formulario B: Declaración responsable del/a presidente/a
  • Formulario C: Certificación orixinal acreditativa
  • Certificación orixinal dos datos bancarios
  • Formulario D: Memoria explicativa das actividades realizadas
  • Formulario E: Orzamentos desagregados de gastos por anualidade/tempada y forma de financiamento
  • Formularios F (si aplica): Memoria explicativa das escolas postas en marcha
  • Memoria xustificativa de actividades realizadas
  • Certificación da realización do programa
  • Relación clasificada dos gastos realizados
  • Facturas detalladas y escaneadas en formato PDF
  • Nóminas asinadas por el perceptor con TC1 y TC2
  • Declaración de axudas públicas o privadas obtenidas
  • Certificación expedida pelo secretario da entidade
  • Acreditación de estar al corrente tributaria y Seguridade Social
  • Declaración de non ter pendente de xustificación outra axuda del Concello
  • Acreditación gráfica o declaración responsable de la publicidad

Condiciones económicas

El importe subvencionado no podrá superar el indicado en la Base 2 de la convocatoria. Los gastos de xestoría administrativa son subvencionables al 100%. No se subvenciona la adquisición de bens inventariables, gastos financeiros, multas o actividades ya subvencionadas por otras entidades.; El importe máximo que puede recibir una entidad se ajusta a la cantidad solicitada o a un límite fijo establecido en las bases, según corresponda. Los puntos se asignan por diferentes actividades y pueden acumularse hasta ciertos máximos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que operan en el ámbito cultural, deportivo o educativo de A Coruña
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. El importe subvencionado no podrá superar el indicado en la Base 2 de la convocatoria. Los gastos de xestoría administrativa son subvencionables al 100%. No se subvenciona la adquisición de bens inventariables, gastos financeiros, multas o actividades ya subvencionadas por otras entidades.; El importe máximo que puede recibir una entidad se ajusta a la cantidad solicitada o a un límite fijo establecido en las bases, según corresponda. Los puntos se asignan por diferentes actividades y pueden acumularse hasta ciertos máximos.. Presupuesto total: 105.100 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: AL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA. Fin: A LAS 14.00 HORAS DEL DÉCIMO DÍA NATURAL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA .

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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