● Abierta1.150.000 €

Convocatoria de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en servicios sociales

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE ZARAGOZA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, acción social 2026
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece financiamiento a organizaciones sin fines de lucro para proyectos de servicios sociales. Se dirige específicamente a entidades que no desarrollan actividades económicas.

Qué financia

Financia la implementación y mejora de servicios sociales en Zaragoza

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales, como centros comunitarios o asociaciones benéficas

Requisitos

  • Estar constituida legalmente y gozar de capacidad jurídica
  • No perseguir fines lucrativos ni depender o estar participadas económica o institucionalmente de entidades lucrativas
  • Reflejar en sus estatutos actuaciones recogidas en la cláusula tercera
  • Tener Sede/Delegación permanente o registrada en la provincia de Zaragoza
  • Solicitud cumplimentada según modelo oficial ANEXO I
  • Acreditación del representante legal
  • Certificación de inscripción en el registro correspondiente
  • CIF/NIF
  • Estatutos de la asociación
  • Acreditación del registro de la sede o delegación en Zaragoza
  • Certificados de cumplimiento tributario y social
  • Declaraciones responsables sobre prohibiciones y obligaciones
  • Datos de la entidad solicitante (ANEXO II)
  • Proyecto detallado (ANEXO III)
  • Documentación relativa a materiales didácticos, documentación para tratamiento, terapia, seguimiento y actividades formativas
  • Presupuesto detallado con desglose de gastos (ANEXO IV)
  • Cumplir con las obligaciones para ser beneficiario de subvención
  • No estar incursa en prohibiciones según el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Cumplir con los requisitos del artículo 44.3 del Decreto Legislativo 2/2023 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
  • No tener deudas o sanciones tributarias con la Diputación Provincial de Zaragoza
  • Comunicar otras solicitudes y ayudas obtenidas para este proyecto

Gastos subvencionables

  • Arrendamientos
  • Materiales y suministros no inventariables
  • Servicios Profesionales
  • Gastos de transporte y dietas
  • Otros gastos derivados de la organización de reuniones, jornadas y seminarios y publicidad
  • Gastos de personal vinculados al proyecto subvencionado
  • Los gastos financieros, gastos de asesoría jurídica o financiera y los gastos notariales directamente relacionados con la actividad subvencionada
  • Materiales y suministros
  • Transporte y dietas
  • Servicios profesionales
  • Personal
  • Otros gastos y costes indirectos

Criterios de valoración

  • Aplicación de un porcentaje que no podrá superar el 80% del presupuesto presentado por la entidad solicitante
  • Reparto de subvenciones en virtud de los proyectos seleccionados y del presupuesto disponible
  • Consideraciones generales para la valoración de las solicitudes de entidades con relaciones de dependencia o vinculación

Documentación a presentar

  • Solicitud según modelo oficial ANEXO I
  • Acreditación del representante legal de la entidad
  • Certificación de la Inscripción en el registro correspondiente
  • CIF/NIF
  • Estatutos de la asociación
  • Acreditación del registro de la sede o delegación en la provincia de Zaragoza
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Comunidad Autónoma de Aragón
  • Declaraciones responsables
  • Solicitud cumplimentada según modelo oficial ANEXO I
  • Acreditación del representante legal certificada por el Secretario/a de la entidad
  • Certificación de inscripción en el registro correspondiente
  • Acreditación del registro de la sede o delegación e n Zaragoza
  • Certificados de estar el corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Comunidad Autónoma de Aragón
  • Declaración responsable de que la entidad no se encuentra incursa en prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • ANEXO II.- DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
  • ANEXO III.- PROYECTO, debidamente cumplimentado
  • Copia de la documentación relativa a los materiales didácticos, documentación para tratamiento, terapia, seguimiento y actividades formativas
  • ANEXO IV.- PRESUPUESTO
  • Certificación con todas las aportaciones financieras o subvenciones que hayan financiado la actuación subvencionada
  • Memoria técnica justificativa de la ejecución de las actuaciones y el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Relación clasificada y numerada de los gastos imputados a DPZ
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
  • Certificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la seguridad social
  • Que la entidad no es deudora por reintegro ante la Diputación Provincial de Zaragoza

Condiciones económicas

La cuantía máxima a financiar no podrá superar el 80 por ciento de la actividad subvencionable. La Comisión Valoradora puede ajustar los créditos entre modalidades.; El importe de las ayudas públicas no puede superar el 80% del presupuesto total, y se requiere un anticipo del 100% de la subvención concedida.; El 80% del gasto subvencionable puede ser financiado por DPZ. En la modalidad 2, se requiere justificar un mínimo del 25% del importe de la subvención concedida.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales, como centros comunitarios o asociaciones benéficas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 120.000 € (Modalidad 1); 20.000 € (Modalidad 2). La cuantía máxima a financiar no podrá superar el 80 por ciento de la actividad subvencionable. La Comisión Valoradora puede ajustar los créditos entre modalidades.; El importe de las ayudas públicas no puede superar el 80% del presupuesto total, y se requiere un anticipo del 100% de la subvención concedida.; El 80% del gasto subvencionable puede ser financiado por DPZ. En la modalidad 2, se requiere justificar un mínimo del 25% del importe de la subvención concedida.. Presupuesto total: 1.150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: DÍA SIGUIENTE PUBLICACIÓN BOPZ. Fin: 20 DÍAS HÁBILES.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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