Convocatoria de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en servicios sociales
Qué financia
Financia la implementación y mejora de servicios sociales en Zaragoza
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales, como centros comunitarios o asociaciones benéficas
Requisitos
- Estar constituida legalmente y gozar de capacidad jurídica
- No perseguir fines lucrativos ni depender o estar participadas económica o institucionalmente de entidades lucrativas
- Reflejar en sus estatutos actuaciones recogidas en la cláusula tercera
- Tener Sede/Delegación permanente o registrada en la provincia de Zaragoza
- Solicitud cumplimentada según modelo oficial ANEXO I
- Acreditación del representante legal
- Certificación de inscripción en el registro correspondiente
- CIF/NIF
- Estatutos de la asociación
- Acreditación del registro de la sede o delegación en Zaragoza
- Certificados de cumplimiento tributario y social
- Declaraciones responsables sobre prohibiciones y obligaciones
- Datos de la entidad solicitante (ANEXO II)
- Proyecto detallado (ANEXO III)
- Documentación relativa a materiales didácticos, documentación para tratamiento, terapia, seguimiento y actividades formativas
- Presupuesto detallado con desglose de gastos (ANEXO IV)
- Cumplir con las obligaciones para ser beneficiario de subvención
- No estar incursa en prohibiciones según el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Cumplir con los requisitos del artículo 44.3 del Decreto Legislativo 2/2023 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
- No tener deudas o sanciones tributarias con la Diputación Provincial de Zaragoza
- Comunicar otras solicitudes y ayudas obtenidas para este proyecto
Gastos subvencionables
- Arrendamientos
- Materiales y suministros no inventariables
- Servicios Profesionales
- Gastos de transporte y dietas
- Otros gastos derivados de la organización de reuniones, jornadas y seminarios y publicidad
- Gastos de personal vinculados al proyecto subvencionado
- Los gastos financieros, gastos de asesoría jurídica o financiera y los gastos notariales directamente relacionados con la actividad subvencionada
- Materiales y suministros
- Transporte y dietas
- Servicios profesionales
- Personal
- Otros gastos y costes indirectos
Criterios de valoración
- Aplicación de un porcentaje que no podrá superar el 80% del presupuesto presentado por la entidad solicitante
- Reparto de subvenciones en virtud de los proyectos seleccionados y del presupuesto disponible
- Consideraciones generales para la valoración de las solicitudes de entidades con relaciones de dependencia o vinculación
Documentación a presentar
- Solicitud según modelo oficial ANEXO I
- Acreditación del representante legal de la entidad
- Certificación de la Inscripción en el registro correspondiente
- CIF/NIF
- Estatutos de la asociación
- Acreditación del registro de la sede o delegación en la provincia de Zaragoza
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Comunidad Autónoma de Aragón
- Declaraciones responsables
- Solicitud cumplimentada según modelo oficial ANEXO I
- Acreditación del representante legal certificada por el Secretario/a de la entidad
- Certificación de inscripción en el registro correspondiente
- Acreditación del registro de la sede o delegación e n Zaragoza
- Certificados de estar el corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Comunidad Autónoma de Aragón
- Declaración responsable de que la entidad no se encuentra incursa en prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- ANEXO II.- DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
- ANEXO III.- PROYECTO, debidamente cumplimentado
- Copia de la documentación relativa a los materiales didácticos, documentación para tratamiento, terapia, seguimiento y actividades formativas
- ANEXO IV.- PRESUPUESTO
- Certificación con todas las aportaciones financieras o subvenciones que hayan financiado la actuación subvencionada
- Memoria técnica justificativa de la ejecución de las actuaciones y el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
- Relación clasificada y numerada de los gastos imputados a DPZ
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
- Certificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la seguridad social
- Que la entidad no es deudora por reintegro ante la Diputación Provincial de Zaragoza
Condiciones económicas
La cuantía máxima a financiar no podrá superar el 80 por ciento de la actividad subvencionable. La Comisión Valoradora puede ajustar los créditos entre modalidades.; El importe de las ayudas públicas no puede superar el 80% del presupuesto total, y se requiere un anticipo del 100% de la subvención concedida.; El 80% del gasto subvencionable puede ser financiado por DPZ. En la modalidad 2, se requiere justificar un mínimo del 25% del importe de la subvención concedida.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.