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Convocatoria de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en Valencia

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva destinada a entidades SIN ÁNIMO DE LUCRO. Proyectos de dinamización socioeconómica. 2026
Resumen: Es una convocatoria competitiva que ofrece subvenciones a entidades sin ánimo de lucro con el objetivo de fomentar el empleo y dinamizar la economía social.

Qué financia

Financia proyectos que promuevan el empleo y la dinamización socioeconómica en Valencia

A quién va dirigida

A entidades sin ánimo de lucro, como ONGs o asociaciones, que quieran impulsar iniciativas laborales y económicas en la provincia de Valencia.

Requisitos

  • Ser entidad sin ánimo de lucro con domicilio o sede en municipios rurales o en riesgo de despoblación de la provincia de Valencia, o en territorio nacional para actividades en estos municipios.
  • No haber incurrido en prohibiciones para obtener subvenciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Estar al corrent de obligaciones fiscales con Administración del Estado y Seguridad Social, así como con Diputación.
  • Tener autorizaciones legales necesarias para las actividades subvencionadas.
  • La entidad solicitante debe haber hecho el trámite de solicitud de alta de tercero si no ha tenido relaciones económicas previas con la Diputación de Valencia.
  • Ser entidad sin ánimo de lucro con domicilio o sede en los municipios en riesgo de despoblación y municipios rurales de la provincia de València, o en territorio nacional para actividades en estos territorios.
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Estar al corriente de obligaciones fiscales con Administración del Estado, Seguridad Social y Diputación.
  • Contar con autorizaciones legales necesarias para las actividades subvencionadas.

Gastos subvencionables

  • Despeses corrientes derivadas de las activitats y proyectos seleccionados.
  • Despeses corrientes relacionadas con el desarrollo del proyecto
  • Gastos corrientes derivados de las actividades y proyectos seleccionados.

Criterios de valoración

  • Tipología de municipios o núcleos
  • Apoyo de entidades locales
  • Proyectos dirigidos a colectivos específicos
  • Liderazgo femenino/joven
  • Impacto sobre la ocupación

Documentación a presentar

  • Sol·licitud oficial con declaraciones específicas.
  • Memòria explicativa y detallada de las actividades solicitantes subvención.
  • Pressupost detallat firmado por la persona representante.
  • Solicitud oficial
  • Memoria explicativa y detallada de las actividades para las cuales se solicita subvención.
  • Presupuesto detallado

Condiciones económicas

El reparto inicial se hace proporcionalmente al coste del proyecto, con un coeficiente de R= CPent / ΣCP. En segunda ronda, si queda crédito disponible y no se ha cubierto el fondo propio en primer lugar, se redistribuye entre proyectos que no han recibido 100% del fondo propio.; El pago anticipado puede ser hasta un máximo del 50% de la ayuda concedida. Las despeses justificables incluyen gastos corrientes relacionados con el desarrollo del proyecto, pero no material inventariable ni inversiones.; El importe máximo de ayuda es del 90% del coste del proyecto, con un límite de 36.000 euros por entidad. Se prevé la posibilidad de solicitar un pago anticipado por un máximo del 50% de la ayuda concedida.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
A entidades sin ánimo de lucro, como ONGs o asociaciones, que quieran impulsar iniciativas laborales y económicas en la provincia de Valencia.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 90% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 36.000 €. El reparto inicial se hace proporcionalmente al coste del proyecto, con un coeficiente de R= CPent / ΣCP. En segunda ronda, si queda crédito disponible y no se ha cubierto el fondo propio en primer lugar, se redistribuye entre proyectos que no han recibido 100% del fondo propio.; El pago anticipado puede ser hasta un máximo del 50% de la ayuda concedida. Las despeses justificables incluyen gastos corrientes relacionados con el desarrollo del proyecto, pero no material inventariable ni inversiones.; El importe máximo de ayuda es del 90% del coste del proyecto, con un límite de 36.000 euros por entidad. Se prevé la posibilidad de solicitar un pago anticipado por un máximo del 50% de la ayuda concedida.. Presupuesto total: 250.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria. Fin: 15 dies naturals a partir del següent al de la publicació de l'extracte de la convocatoria.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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