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Convocatoria de subvenciones para gastos de funcionamiento en Entidades Ciudadanas de Distrito Sur

LOCAL · SEVILLA · AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Denominación oficial (BDNS): Resolución nº5357 de la Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Sur de 12/08/2026, aprobando convocatoria pública del Ayuntamiento de Sevilla para el otorgamiento de subvenciones para gastos de funcionamiento de Entidades Ciudadanas de Distrito Sur
Resumen: Es una convocatoria pública del Ayuntamiento de Sevilla para otorgar subvenciones a entidades ciudadanas. Se dirige a organizaciones sin actividad económica específica.

Qué financia

Financia gastos de funcionamiento de Entidades Ciudadanas en el Distrito Sur de Sevilla

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro que operan en el Distrito Sur de Sevilla y no desarrollan actividades económicas propias.

Requisitos

  • Ser Entidad Ciudadana sin ánimo de lucro adscrita al Distrito Sur
  • No estar incursa en causas de prohibición para percibir subvenciones
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
  • Presentar el programa/memoria de actividades del año 2026
  • Presentar el presupuesto de ingresos y gastos desglosados para el año 2026
  • Indicar la ubicación de la sede social dentro o fuera del Polígono Sur (Zona Especial Atención)
  • Participar en órganos municipales de participación del Distrito Sur si aplica
  • La Entidad beneficiaria se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Sevilla.
  • Presentar una relación numerada de facturas conteniendo los datos del acreedor, concepto, importe, fecha de emisión junto con las facturas originales de gastos de funcionamiento.
  • La Entidad se compromete a tener depositadas en su sede todas las facturas durante un periodo de cinco años.
  • Presentar una declaración responsable de que las cantidades concedidas eran necesarias para los gastos indicados.

Gastos subvencionables

  • Alquiler de la sede social o delegación territorial
  • Consumo eléctrico
  • Gastos de Telefonía y conexión a Internet
  • Gastos subvencionables conforme a los conceptos detallados en el Anexo II y justificados con facturas originales y documentos acreditativos de pago.
  • Alquiler sede local entidad
  • Consumo de telefonía y gasto de internet

Criterios de valoración

  • Evaluación de las actividades realizadas por la Entidad solicitante
  • Importe de la ayuda solicitada válidamente en la presente convocatoria
  • Peso de la ayuda solicitada válidamente dentro del total del Presupuesto de gastos desglosados por la Entidad Ciudadana
  • Peso de la ayuda solicitada dentro del total del Presupuesto de gastos desglosados por la Entidad Ciudadana
  • Participación de la Entidad Ciudadana en órganos municipales de participación del Distrito Sur
  • Ubicación de la Sede social de la Entidad Ciudadana solicitante

Documentación a presentar

  • Solicitud firmada y sellada
  • Memoria de actividades del año 2026
  • Presupuesto de ingresos y gastos para el año 2026
  • Relación detallada de las copias de las facturas referidas a los gastos subvencionables
  • Acreditación de la persona designada como perceptora de la subvención
  • Copia del C.I.F. de la Asociación o Entidad (si es necesario)
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de EECC
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones fiscales
  • Declaración responsable sobre circunstancias previstas en la Ley 38/2003
  • Programa/Memoria de actividades del año 2026
  • Presupuesto de Ingresos y Presupuesto de Gastos desglosados de la Entidad solicitante para el año 2026, sellado y firmado por persona legitimada
  • Solicitud (Anexo I)
  • Programa / Memoria de actividades del año 2026
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la Entidad solicitante para el año 2026
  • Relación detallada de las copias de las facturas referidas a los gastos y conceptos subvencionables
  • Documento acreditativo de representatividad y legitimidad
  • Certificado en vigor acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales
  • Declaración responsable de que no concurren circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003

Condiciones económicas

Según disponibilidad presupuestaria; la subvención no podrá superar el valor del mercado para los gastos subvencionables.; La cuantía se determina mediante una fórmula basada en la puntuación obtenida y los créditos disponibles, con un límite máximo de 1.000 euros por entidad.; El importe solicitado no puede ser superior al total de las facturas acreditadas y debe estar entre 100 € y 1.000 €.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro que operan en el Distrito Sur de Sevilla y no desarrollan actividades económicas propias.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 1.000 €. Según disponibilidad presupuestaria; la subvención no podrá superar el valor del mercado para los gastos subvencionables.; La cuantía se determina mediante una fórmula basada en la puntuación obtenida y los créditos disponibles, con un límite máximo de 1.000 euros por entidad.; El importe solicitado no puede ser superior al total de las facturas acreditadas y debe estar entre 100 € y 1.000 €.. Presupuesto total: 12.296 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/09/2026. Fin: 20/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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