Resumen: Subvención para la mejora de viviendas, dirigida a particulares sin actividad económica.
Qué financia
Financia la rehabilitación de fachadas y cubiertas de viviendas.
A quién va dirigida
Particulares que no desarrollan actividad económica en Valdeolea.
Requisitos
Las obras no deben haber obtenido previamente licencia de obras (excepto aquellas con licencias desde el 1 de enero de 2026)
Sólo se concederá una subvención por beneficiario e inmueble
Las obras a subvencionar deberán referirse a reparaciones de aleros o cubiertas así como a la rehabilitación de fachadas, incluyendo la renovación de carpinterías, balcones o pintado en general. No podrán afectar a elementos estructurales del edificio ni a obras de reforma interior
Las obras deben cumplir con todas las medidas de seguridad necesarias y la legislación vigente en relación a la gestión de los residuos resultantes de la ejecución de las obras
Gastos subvencionables
Reparaciones de aleros o cubiertas
Rehabilitación de fachadas, incluyendo la renovación de carpinterías, balcones o pintado en general
Criterios de valoración
El criterio principal es el número y fecha de entrada de cada solicitud
Estado de conservación de la cubierta (hasta cuatro puntos)
Estado de conservación de la fachada (hasta cuatro puntos)
Eficiencia energética de la carpintería a sustituir (hasta dos puntos)
Edificio de mayor antigüedad en caso de que no resultaran aplicables los criterios anteriores
Documentación a presentar
Solicitud en el modelo Anexo I
Copia del presupuesto de las obras
Fotografía del edificio
Acreditación de la propiedad del inmueble o acuerdo de la Comunidad
Proyecto técnico (si se hubiera presentado)
Nombramiento de dirección facultativa (si se hubiera presentado)
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Particulares que no desarrollan actividad económica en Valdeolea.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 30% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 500 €. Presupuesto total: 1.300 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el dia siguiente a la publicación en el Boletín oficial de Cantabria. Fin: 30/11/2026.
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