Convocatoria de subvenciones para servicios sociales en Getxo
Qué financia
Financia proyectos relacionados con servicios sociales y promoción social
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que trabajan en servicios sociales y salud
Requisitos
- Carecer de ánimo de lucro
- Estar registradas como entidades con al menos un año de antigüedad
- Estar inscritas en el Registro de Entidades de Getxo si tienen sede o delegación en el municipio
- Desarrollar actividades en el ámbito de la Cohesión Social
- Desarrollar el proyecto íntegramente en Getxo
- Certificado emitido por la Hacienda Foral de Bizkaia o cualquier otra Hacienda Pública foral o estatal y por la Seguridad Social
- Fotocopia del C.I.F. de la entidad
- Fotocopia de los estatutos de la entidad
- Fotocopia del certificado de inscripción en el registro de Asociaciones del GV, el Registro Municipal o registro correspondiente
- Declaración responsable para garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley orgánica 3/2007 y el Decreto Legislativo 1/2023
- Justificar adecuadamente que no ha sido posible obtener una factura si se usa un ticket de compra.
Gastos subvencionables
- Mantenimiento ordinario (personal, gastos corrientes)
- Funcionamiento y fortalecimiento de entidades
- Proyectos de interés en cohesión social (gastos directos e indirectos)
- Honorarios del personal contratado específicamente para la ejecución del proyecto
- Materiales didácticos y/o específicos utilizados exclusivamente en la actividad subvencionada
- Equipamiento adquirido para el desarrollo de la actividad subvencionada
- Seguros obligatorios para la actividad como puede ser el seguro de responsabilidad civil específico para cubrir riesgos directamente relacionados con una actividad particular del proyecto subvencionado
Criterios de valoración
- Calidad técnica del proyecto (33 puntos)
- Viabilidad (11 puntos)
- Población destinataria (9 puntos)
- Trayectoria y trabajo en red (9 puntos)
- Impacto (8 puntos)
- Transversalidad (30 puntos)
Documentación a presentar
- Presentar solicitudes a través de la Oficina de Administración Electrónica
- Solicitud normalizada
- Fotocopia del C.I.F. de la entidad
- Fotocopia de los estatutos de la entidad
- Fotocopia del certificado de inscripción en el registro de Asociaciones del GV, el Registro Municipal o registro correspondiente
- Declaración responsable para garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley orgánica 3/2007 y el Decreto Legislativo 1/2023
- Documentos válidos en tráfico jurídico mercantil o tickets de compra con la información exigida por el Decreto Foral 4/2013.
- Justificante oficial de pago generado por la entidad bancaria.
Condiciones económicas
El importe máximo por entidad es de 12.000€, pero puede solicitar hasta el 100% del proyecto presentado en cada línea sin superar los límites establecidos.; Los gastos deberán estar debidamente documentados, corresponder al período de ejecución y no exceder de lo razonable. Los intereses deudores, comisiones asociadas a descubiertos, recargos e intereses por demora, penalizaciones bancarias, sanciones administrativas y penales, los gastos derivados de procedimientos judiciales, así como los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación no son subvencionables.; Los gastos deben estar relacionados con la actividad subvencionada. Se requiere ajustarse al contenido de las facturas y facturas simplificadas según el Decreto Foral 4/2013.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.