● Abierta15.000 €

Convocatoria para la gestión del bono consumo en Crevillent 2026

LOCAL · CREVILLENT · AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria procedimiento de selección entidad colaboradora para la gestión del bono consumo crevillent 2026
Resumen: Es una convocatoria competitiva de Crevillent para gestionar un bono de consumo. Interesa a pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas en el sector comercial.

Qué financia

Financiar la gestión del bono consumo en Crevillent

A quién va dirigida

Pymes y personas físicas con actividad económica en comercio al por mayor y menor de Alicante

Requisitos

  • Tener personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para actuar como entidad colaboradora en la gestión de subvenciones públicas.
  • Encontrarse legalmente constituidas y disponer de personalidad jurídica propia, acreditada mediante documentación correspondiente.
  • No encontrarse incursa en prohibiciones para obtener la condición de entidad colaboradora según la Ley 38/2003.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y sociales.
  • Cumplir con las obligaciones descritas en el artículo 15 de la LGS.
  • Comprometerse a constituir una garantía exigida mediante aval bancario.
  • Disponer una web/plataforma tecnológica específica para la gestión integral de la campaña
  • Comprobar que los comercios y empresas locales cumplen con todos los requisitos exigidos en la convocatoria
  • Implementar un sistema informático para trazar la actividad del bono
  • Realizar publicidad dirigida a ciudadanía y establecimientos
  • Contar con personal para asesoramiento e inscripción de interesados
  • Formular propuestas de subvención y abonar fondos a las empresas participantes
  • Justificar al Ayuntamiento los fondos recibidos y la subvención concedida
  • Llevar libros contables específicos para justificación y comprobación
  • Realizar difusión pública de la concesión de ayuda
  • Estar al corriente en pagos a Agencia Tributaria, Tesorería SS, SUMA y Ayto. Crevillent
  • Ser mayor de edad
  • Realizar compras en establecimientos locales adheridos a la campaña

Gastos subvencionables

  • Desarrollo de una plataforma tecnológica específica para la gestión integral de la campaña.
  • Comprobación de que los comercios y empresas locales cumplen con los requisitos exigidos.
  • Poner en el mercado los Bonos Consumo y llevar a cabo tareas de apoyo y asesoramiento.
  • Implementar un sistema informático para trazabilidad absoluta entre bono, comprador, empresa y factura/ticket de venta.
  • Realizar publicidad y difusión de la campaña.
  • Contar con servicio de personal para acudir a establecimientos e inscribir interesados en participar.
  • Formular propuestas de concesión de subvención a personas beneficiarias.
  • Compra de bonos por parte del consumidor
  • Gastos administrativos y gestión de la entidad colaboradora

Criterios de valoración

  • Propuesta Económica: Hasta 60 puntos
  • Experiencia en el desarrollo de campañas similares en los últimos tres años: Hasta 40 puntos

Documentación a presentar

  • Solicitud de participación debidamente firmada.
  • Estatutos y Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad.
  • Poder acreditativo de la representación de la persona que firma la solicitud de participación.
  • Documentación acreditativa de personalidad jurídica.
  • Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones de entidad colaboradora.
  • Memoria técnica descriptiva de propuesta de gestión de la campaña Bono Consumo Crevillent 2026.
  • Oferta económica relativa a compensación económica solicitada.
  • Relación detallada del pago de los bonos a comercios locales
  • Relación de adquirentes de bonos
  • Certificado de cumplimiento de requisitos para empresas adheridas
  • Declaración responsable de ingresos y gastos
  • Memoria descriptiva de la actividad
  • Facturas o documentos legales sustitutivos

Condiciones económicas

La entidad colaboradora recibirá una compensación económica por importe de quince mil euros (15.000 €), que cubrirá exclusivamente los costes efectivos realizados, sin margen de beneficio.; El Ayuntamiento puede cancelar el aval bancario previa comprobación. La entidad no podrá subcontratar más del 60% de las acciones objeto de colaboración.; La subvención se compone de dos partes: 435.195€ para subsidizar a los consumidores y un importe variable (IMPORTE RESOLUCIÓN CONVOCATORIA) para cubrir gastos administrativos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y personas físicas con actividad económica en comercio al por mayor y menor de Alicante
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La entidad colaboradora recibirá una compensación económica por importe de quince mil euros (15.000 €), que cubrirá exclusivamente los costes efectivos realizados, sin margen de beneficio.; El Ayuntamiento puede cancelar el aval bancario previa comprobación. La entidad no podrá subcontratar más del 60% de las acciones objeto de colaboración.; La subvención se compone de dos partes: 435.195€ para subsidizar a los consumidores y un importe variable (IMPORTE RESOLUCIÓN CONVOCATORIA) para cubrir gastos administrativos.. Presupuesto total: 15.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOP ALICANTE. Fin: 7 DÍAS HÁBILES DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOP.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Comercio

Ver todas →