● Abierta · hasta 31/12/2026250.000 €

Convocatoria para la protección del Parque Nacional Mirador Rio Azul y el Biotopo Naachtun Dos Lagunas en Guatemala

ESTADO · MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN · AGENCIA ESTATAL AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria instrumental. GUATEMALA. GRANDES BOSQUES 2026 (FUNDAECO). Gobernanza participativa para la protección protección del Parque Nacional Mirador Rio Azul y el Biotopo Naachtun Dos Lagunas en la Selva Maya. 2026/SPE/0000400095
Resumen: Es una convocatoria de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) que busca financiar proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y cultural. Está dirigida a personas físicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos de protección ambiental en Guatemala, específicamente en el Parque Nacional Mirador Rio Azul y el Biotopo Naachtun Dos Lagunas

A quién va dirigida

Personas físicas que no desarrollan actividad económica

Requisitos

  • Cumplir los principios de apropiación democrática y local
  • Alinear las acciones con las políticas de reducción de pobreza y desarrollo
  • Harmonizar actuaciones entre diferentes donantes
  • Capacidad jurídica y solvencia técnica y económica del beneficiario
  • Cumplimiento de requisitos y condiciones fijados para la utilización y destino de la subvención o ayuda
  • Suscripción de acuerdo detallando reparto de responsabilidades, estrategia de cooperación conjunta, procedimientos de gestión y justificación, reglas administrativas y financieras para desembolsos, mecanismos de seguimiento, nivel de comunicación y rendición de cuentas.
  • Publicidad trimestral en el Boletín Oficial del Estado de las subvenciones concedidas.

Gastos subvencionables

  • Gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido
  • Costos no superiores al valor de mercado del lugar donde se desarrolle la actividad
  • Gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo establecido, sin superar el valor de mercado.
  • Coste indirecto imputable a la actividad subvencionada puede ser determinado en la resolución de concesión.

Criterios de valoración

  • Eficacia del desarrollo
  • Reducción de la pobreza
  • Promoción del desarrollo en los países receptores
  • Criterios para la evaluación tanto de los procesos de ejecución como del cumplimiento de los objetivos establecidos.
  • Justificación económica que comprenderá documentación que justifique los gastos efectuados.

Documentación a presentar

  • Memoria justificativa
  • Acreditación de existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación
  • Autorización del Consejo de Ministros si corresponde
  • Compromiso formal de reintegro en caso necesario
  • Facturas, recibos, tiques y demás documentos con valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
  • Memoria técnica especificando objetivos alcanzados, resultados obtenidos y actividades realizadas.
  • Justificantes de gasto clasificados por partidas y fechas.

Condiciones económicas

El régimen jurídico se adapta a la Ley 38/2003 de Subvenciones, con excepciones en casos específicos. Se establecen normas para publicidad, concurrencia y control, así como para la justificación de gastos.; Subvenciones pueden ser anticipadas. Los costes indirectos no necesitan justificación. Las ampliaciones de plazos superiores a seis meses requieren autorización previa.; Los pagos pueden ser anticipados o plurianuales. Los rendimientos financieros generados por los fondos subvencionados se aplicarán a la actividad subvencionada. El plazo de ejecución puede ampliarse hasta tres meses sin autorización previa.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas que no desarrollan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El régimen jurídico se adapta a la Ley 38/2003 de Subvenciones, con excepciones en casos específicos. Se establecen normas para publicidad, concurrencia y control, así como para la justificación de gastos.; Subvenciones pueden ser anticipadas. Los costes indirectos no necesitan justificación. Las ampliaciones de plazos superiores a seis meses requieren autorización previa.; Los pagos pueden ser anticipados o plurianuales. Los rendimientos financieros generados por los fondos subvencionados se aplicarán a la actividad subvencionada. El plazo de ejecución puede ampliarse hasta tres meses sin autorización previa.. Presupuesto total: 250.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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