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Convocatoria para préstamos bonificados IVF en Valenciana

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · INSTITUT VALENCIÀ DE FINANCES
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria para el otorgamiento de PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR LOS INCENDIOS FORESTALES DE 2026.MINIMIS
Resumen: Esta convocatoria ofrece préstamos bonificados a pymes y particulares afectados por los incendios forestales de 2017. Está dirigida al sector económico valenciano.

Qué financia

Financiación para la recuperación y reactivación económica en zonas afectadas por incendios forestales

A quién va dirigida

Pymes y particulares que desarrollan actividades económicas en la Comunidad Valenciana

Requisitos

  • Ser persona jurídica con establecimiento o sucursal en municipios afectados
  • Antigüedad mínima de dos años
  • Contar con licencias necesarias para la ejecución del proyecto
  • Cumplir obligaciones tributarias y sociales
  • No estar sujeto a ordenes de recuperación pendiente o prohibiciones legales
  • La solicitud debe presentarse en la sede electrónica del IVF a través de http://prestamos.ivf.es
  • El solicitante debe cumplir con los requisitos de elegibilidad y mantener una actividad productiva durante al menos doce meses desde el otorgamiento de la financiación.
  • No se puede ceder, transferir ni subrogar derechos y obligaciones del contrato sin consentimiento escrito del IVF.
  • La inversión financiada se realizará por PYMES en activos materiales e inmateriales relacionados con la creación de un nuevo establecimiento; ampliación de un establecimiento existente; diversificación de producción o transformación fundamental del proceso global.
  • Las inversiones no deben estar iniciadas antes de presentar la solicitud de financiación.

Gastos subvencionables

  • Inversiones en activos fijos
  • Necesidades de capital circulante vinculadas al desarrollo de actividades económicas
  • Adquisición y acondicionamiento de terrenos
  • Rehabilitación, reforma y construcción de naves, locales comerciales e instalaciones
  • Construcción de instalaciones de energía renovable
  • Equipamiento vinculado a tecnologías de la información y comunicación
  • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje
  • Mobiliario
  • Vehículos industriales y elementos de transporte
  • Activos intangibles como gastos de investigación y desarrollo
  • Gastos corrientes
  • Nóminas
  • Pagos a proveedores de bienes y servicios
  • Compra de existencias
  • Aplazamiento de pagos de clientes
  • Mantenimiento de la tesorería operativa
  • Cancelación de la deuda a corto plazo
  • Costos subvencionables en inversión en PYMES: activos materiales e inmateriales relacionados con la creación, ampliación o transformación del establecimiento.

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de requisitos de elegibilidad del beneficiario y proyecto.
  • Determinación de gastos elegibles.
  • Análisis conductual del solicitante.
  • Consulta en BDNS sobre subvenciones recibidas.
  • Estimación de calificación crediticia.
  • Evaluación de capacidad de repago.
  • Valoración de garantías aportadas.

Documentación a presentar

  • Identificación del solicitante (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, etc.)
  • Declaración Responsable del cumplimiento de requisitos y compromiso con obligaciones.
  • Detalle de otras ayudas recibidas o solicitadas.
  • Cuentas anuales auditadas y declaraciones fiscales.
  • Distribución de obligaciones financieras.
  • Presupuesto proforma para proyectos de inversión en activos fijos.
  • Informe actualizado de riesgos emitido por CIRBE.
  • Memoria del proyecto.

Condiciones económicas

La bonificación incorporada se financiará con cargo a la subvención de capital concedida por la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública.; El importe máximo del préstamo se determina según el volumen de negocios anual del solicitante, con un tope máximo de 3.000.000 euros por beneficiario.; El importe total de las ayudas de minimis acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831 no podrá exceder de 300.000,00 euros durante cualquier periodo de tres años; para el sector agrícola, no podrá exceder de 50.000,00 euros.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y particulares que desarrollan actividades económicas en la Comunidad Valenciana
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 50.000.000 €. La bonificación incorporada se financiará con cargo a la subvención de capital concedida por la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública.; El importe máximo del préstamo se determina según el volumen de negocios anual del solicitante, con un tope máximo de 3.000.000 euros por beneficiario.; El importe total de las ayudas de minimis acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831 no podrá exceder de 300.000,00 euros durante cualquier periodo de tres años; para el sector agrícola, no podrá exceder de 50.000,00 euros.. Presupuesto total: 12.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación en el DOCV. Fin: Se podrán presentar solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta que se agote el presupuesto.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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