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LOCAL · BILBAO · AYUNTAMIENTO DE BILBAO
Resumen: Programa cultural del Ayuntamiento de Bilbao para personas jurídicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia actividades culturales y educativas en Bizkaia.

A quién va dirigida

Organizaciones culturales, instituciones educativas y asociaciones que no realizan actividades económicas.

Requisitos

  • Cumplir con las condiciones del convenio
  • Presentar justificación de la ejecución del programa en un plazo de 3 meses desde su finalización
  • Presentar la documentación original y copia de los gastos realizados dentro del plazo previsto para la ejecución del programa.
  • Los documentos deben incluir datos específicos como identificación de la persona beneficiaria, descripción detallada del objeto del gasto, entre otros datos legales exigibles.
  • Para actividades realizadas por personas que no son empresarias o profesionales y con importe superior a 200€, se requiere un documento acreditativo de la realización del abono en la cuenta bancaria de la persona perceptora.

Gastos subvencionables

  • Gastos directamente relacionados con la ejecución del programa
  • Nóminas y cotizaciones a la seguridad social para los gastos de personal
  • Documentación original justificativa en caso de solicitar devolución de los originales
  • Gastos directamente relacionados con la ejecución del programa.
  • Costes indirectos (siempre que no excedan el 10% de los costes del programa subvencionado).

Criterios de valoración

  • Elegir entre las ofertas presentadas con criterios de eficiencia y economía
  • Justificar expresamente la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa

Documentación a presentar

  • Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el convenio
  • Balance de gastos e ingresos correspondiente a la ejecución del programa
  • Documentación original justificativa que acredite los gastos
  • Nóminas y cotizaciones a la seguridad social para los gastos de personal
  • Documentación original justificativa de los gastos realizados dentro del plazo previsto para la ejecución del programa.
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente para costes directamente relacionados con el programa.
  • Nóminas (total devengado) y cotizaciones a la seguridad social (RNT, relación nominal de trabajadores) para gastos de personal.
  • Documentos que demuestren estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

Condiciones económicas

El gasto subvencionable no puede superar el valor del mercado y, si es superior a 15.000 euros IVA excluido, se requiere la solicitud de al menos tres ofertas previas.; Los costes indirectos no requerirán justificación documental a menos que se solicite expresamente. Los costes indirectos deben ser inferiores al 10% de los costes del programa subvencionado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones culturales, instituciones educativas y asociaciones que no realizan actividades económicas.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 4.500 €. El gasto subvencionable no puede superar el valor del mercado y, si es superior a 15.000 euros IVA excluido, se requiere la solicitud de al menos tres ofertas previas.; Los costes indirectos no requerirán justificación documental a menos que se solicite expresamente. Los costes indirectos deben ser inferiores al 10% de los costes del programa subvencionado.. Presupuesto total: 4.500 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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