● Abierta · hasta 31/12/2026118.423 €

Financiamiento para el desarrollo de servicios sociales básicos

LOCAL · RUBÍ · AYUNTAMIENTO DE RUBÍ
Denominación oficial (BDNS): Finançament pel desenvolupament dels serveis socials bàsics
Resumen: Es un programa financiado por el Ayuntamiento de Rubí que apoya la prestación de servicios sociales a personas físicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia la implementación y mejora de servicios sociales básicos en el municipio de Rubí

A quién va dirigida

Personas físicas que no desarrollan actividad económica

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años o estar emancipada legalmente
  • Estar empadronado en Rubí (con excepciones para recursos de alojamiento institucional y transeúntes)
  • Tener una renda disponible igual o inferior a la cantidad calculada por fórmula IRSC+[Q€x(MUF-1)]
  • No disponer de bienes inmuebles ni rentas alternativas suficientes para atender la necesidad
  • No tener acceso a ayudas económicas cubiertas por otras administraciones
  • No haber solicitado ayuda económica en los últimos 6 meses (excepto casos específicos)
  • Cumplir con las obligaciones específicas detalladas en la resolución del Ayuntamiento
  • Mantener empadronamiento y residencia efectiva en Rubí durante el tiempo de percepción de la ayuda
  • Someterse a comprobación y control financiero por parte del Ayuntamiento
  • Cumplir con los requisitos establecidos
  • Residir en el municipio
  • No tener recursos suficientes
  • No haber sido extinguida o revocada ayuda social recientemente

Gastos subvencionables

  • Vivienda y servicios básicos
  • Salud y atención sanitaria
  • Alimentación, higiene y ropa/calzado
  • Educación infantil y escolarización
  • Transporte para formación o atención sanitaria
  • Integración social (matriculaciones, inscripciones)
  • Ayudas de urgencia social
  • Ayudas económicas locales de cuantía variable para cubrir necesidades urgentes, salud, vivienda, integración laboral y otros aspectos socioeconómicos.

Criterios de valoración

  • Disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento de Rubí
  • Valoración socioeconómica basada en ingresos netos y necesidades específicas
  • Excepciones por casos particulares que requieran atención urgente e inmediata
  • Valoración económica basada en ingresos netos durante los últimos 6 meses
  • Valoración social que puntuará la situación social de la unidad de convivencia
  • Necesidad urgente y contribución a la resolución definitiva de la situación de carencia
  • Valoración técnica de la solicitud
  • Comprobación de recursos económicos
  • Seguimiento y justificación del gasto

Documentación a presentar

  • Documentación requerida por los Servicios Sociales
  • Justificación de la finalidad para la cual se solicita la ayuda
  • Plan de trabajo pactado con los servicios sociales
  • Informes técnicos y valoraciones socioeconómicas
  • Solicitud de ayuda cumplimentada
  • Certificado de empadronamiento y convivencia
  • Acreditación de la composición familiar
  • Documentos de identidad (DNI, NIE, pasaporte)
  • Libro de Familia o sentencias relevantes
  • Certificados médicos si aplica
  • Declaraciones de renta y otros ingresos
  • Contratos laborales y nóminas
  • Documentación específica según la ayuda solicitada (por ejemplo, justificantes de vivienda, presupuestos)

Condiciones económicas

Las ayudas pueden ser de pago único o periódico, con cuantía fija o variable. Pueden ser a fondo perdido o en forma de préstamo.; La cuantía máxima anual es equivalente al IRSC. Puede superarse en casos de necesidades sociales justificadas y excepcionales. La ayuda económica se determina por la suma de puntuaciones obtenidas en el baremo económico y valoración social.; El importe de la ayuda se determina en cada resolución. Se puede renovar si las condiciones persisten. Hay un plazo máximo de 3 meses para justificar el gasto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas que no desarrollan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 3.000€/año (para ayudas de urgencia social). Las ayudas pueden ser de pago único o periódico, con cuantía fija o variable. Pueden ser a fondo perdido o en forma de préstamo.; La cuantía máxima anual es equivalente al IRSC. Puede superarse en casos de necesidades sociales justificadas y excepcionales. La ayuda económica se determina por la suma de puntuaciones obtenidas en el baremo económico y valoración social.; El importe de la ayuda se determina en cada resolución. Se puede renovar si las condiciones persisten. Hay un plazo máximo de 3 meses para justificar el gasto.. Presupuesto total: 118.423 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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