Financiamiento para el desarrollo de servicios sociales básicos
Qué financia
Financia la implementación y mejora de servicios sociales básicos en el municipio de Rubí
A quién va dirigida
Personas físicas que no desarrollan actividad económica
Requisitos
- Ser mayor de 18 años o estar emancipada legalmente
- Estar empadronado en Rubí (con excepciones para recursos de alojamiento institucional y transeúntes)
- Tener una renda disponible igual o inferior a la cantidad calculada por fórmula IRSC+[Q€x(MUF-1)]
- No disponer de bienes inmuebles ni rentas alternativas suficientes para atender la necesidad
- No tener acceso a ayudas económicas cubiertas por otras administraciones
- No haber solicitado ayuda económica en los últimos 6 meses (excepto casos específicos)
- Cumplir con las obligaciones específicas detalladas en la resolución del Ayuntamiento
- Mantener empadronamiento y residencia efectiva en Rubí durante el tiempo de percepción de la ayuda
- Someterse a comprobación y control financiero por parte del Ayuntamiento
- Cumplir con los requisitos establecidos
- Residir en el municipio
- No tener recursos suficientes
- No haber sido extinguida o revocada ayuda social recientemente
Gastos subvencionables
- Vivienda y servicios básicos
- Salud y atención sanitaria
- Alimentación, higiene y ropa/calzado
- Educación infantil y escolarización
- Transporte para formación o atención sanitaria
- Integración social (matriculaciones, inscripciones)
- Ayudas de urgencia social
- Ayudas económicas locales de cuantía variable para cubrir necesidades urgentes, salud, vivienda, integración laboral y otros aspectos socioeconómicos.
Criterios de valoración
- Disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento de Rubí
- Valoración socioeconómica basada en ingresos netos y necesidades específicas
- Excepciones por casos particulares que requieran atención urgente e inmediata
- Valoración económica basada en ingresos netos durante los últimos 6 meses
- Valoración social que puntuará la situación social de la unidad de convivencia
- Necesidad urgente y contribución a la resolución definitiva de la situación de carencia
- Valoración técnica de la solicitud
- Comprobación de recursos económicos
- Seguimiento y justificación del gasto
Documentación a presentar
- Documentación requerida por los Servicios Sociales
- Justificación de la finalidad para la cual se solicita la ayuda
- Plan de trabajo pactado con los servicios sociales
- Informes técnicos y valoraciones socioeconómicas
- Solicitud de ayuda cumplimentada
- Certificado de empadronamiento y convivencia
- Acreditación de la composición familiar
- Documentos de identidad (DNI, NIE, pasaporte)
- Libro de Familia o sentencias relevantes
- Certificados médicos si aplica
- Declaraciones de renta y otros ingresos
- Contratos laborales y nóminas
- Documentación específica según la ayuda solicitada (por ejemplo, justificantes de vivienda, presupuestos)
Condiciones económicas
Las ayudas pueden ser de pago único o periódico, con cuantía fija o variable. Pueden ser a fondo perdido o en forma de préstamo.; La cuantía máxima anual es equivalente al IRSC. Puede superarse en casos de necesidades sociales justificadas y excepcionales. La ayuda económica se determina por la suma de puntuaciones obtenidas en el baremo económico y valoración social.; El importe de la ayuda se determina en cada resolución. Se puede renovar si las condiciones persisten. Hay un plazo máximo de 3 meses para justificar el gasto.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.