Formación profesional para el empleo en Dialogo social y negociación colectiva 2026 (modalidad 1)
Qué financia
Financiar programas de formación profesional para disminuir el desempleo en la región de Murcia.
A quién va dirigida
Personas jurídicas sin actividad económica que quieran ofrecer formación profesional a sus empleados o al público en general.
Requisitos
- Ser organización sindical o empresarial en el ámbito autonómico
- No estar integrada en una entidad federal o confederal que también sea beneficiaria
- Cumplir requisitos previos a la propuesta de resolución definitiva
- Cumplimiento estricto de la protección de datos
- Presentación de solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de CARM
- Incluir una memoria descriptiva del plan de formación, actividades formativas y objetivos
- No superar los importes máximos establecidos según el tipo de plan
- Ser persona física
- Reunir los requisitos del artículo 7
- Presentar solicitud de inscripción según modelo anexo IV
- Comunicar concertaciones con entidades vinculadas a SEF
- Cumplir condiciones normales de mercado en subcontrataciones y concertaciones
Gastos subvencionables
- Seguro de accidentes (previo al inicio de la formación)
Criterios de valoración
- Planteamiento general, diseño y contenido del plan de formación
- Representatividad de las organizaciones solicitantes
- Representatividad de las organizaciones solicitantes (hasta 70 puntos)
- Planteamiento general, diseño y contenido del plan de formación (hasta 30 puntos)
- Coherencia formativa
- Capacidad técnica de la entidad solicitante
- Modalidad de impartición
- Metodología formativa y evaluación
Documentación a presentar
- Memoria descriptiva del plan de formación con planteamiento general, diseño, contenido, objetivos, resultados esperados y metodología de desarrollo
- Actividades formativas a realizar con justificación de su conveniencia y adecuación
- Memoria descriptiva del plan de formación
- Actividades formativas a realizar con justificación
Condiciones económicas
La comisión técnica establecerá la financiación inicial asignada a cada plan en función de criterios técnicos y representatividad. Los fondos se distribuirán entre organizaciones sindicales y empresariales, con un tope del 50% para cada grupo.; La subvención se paga en anticipos del 25%, 35% y 40%. Los participantes deben asistir y seguir con aprovechamiento las actividades formativas.; La subvención se determina según un presupuesto establecido, valoración técnica del plan de formación y coste máximo subvencionable. Se aplica un porcentaje de financiación basado en la representatividad y valoración técnica.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.