Medidas urgentes para reparar daños meteorológicos en Andalucía y Extremadura
Qué financia
Financia la reparación de daños causados por eventos meteorológicos en Andalucía y Extremadura
A quién va dirigida
Particulares que no desarrollan actividad económica, pymes y autónomos en sectores como cultura, deporte y entretenimiento afectados por fenómenos climáticos.
Requisitos
- Ser afectado por los fenómenos meteorológicos adversos en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura
- Presentar una declaración responsable
- La actividad económica se haya visto afectada por desarrollarse en zonas de municipios en Andalucía y Extremadura con fuerte incidencia de temporales.
- Los autónomos deben presentar un formulario electrónico hasta el 30 de junio de 2026.
- Solicitar la prestación de cese de actividad sin periodo mínimo de cotización ni fuerza mayor
- Exenciones a la cotización a la Seguridad Social para personas trabajadoras con actividades suspendidas o reducidas por inundaciones
- Aplazamiento o moratoria en el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social
Gastos subvencionables
- Daños personales y materiales
- Reparación, restitución, reconstrucción, mejora y ampliación de infraestructuras
- Ayudas agrarias para compensar pérdidas en cultivos y sistemas agrarios
- Apoyo a la actividad pesquera afectada por las malas condiciones meteorológicas
- Restauración, renaturalización y reparación de cauces públicos
- Infraestructuras de abastecimiento y depuración de aguas
- Recuperación del dominio público marítimo-terrestre
- Reparación de daños en infraestructuras hidráulicas estatales
Criterios de valoración
- Magnitud del daño causado
- Necesidad urgente de apoyo
- Volumen de operaciones para empresas y autónomos
- El volumen de operaciones de la actividad para determinar el importe de la ayuda directa.
Documentación a presentar
- Declaración responsable
- Formulario electrónico para la solicitud de ayuda (autónomos y empresas)
- Formulario electrónico a presentarse en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria hasta el 30 de junio de 2026.
Condiciones económicas
Ayudas con anticipos hasta el 50% del importe máximo para individuos y hasta el 100% para entidades locales. Ayuda máxima de 150.000 euros para empresas según su volumen de operaciones.; Ayudas directas basadas en el volumen de operaciones: empresas <1M€ = 10.000 €; 1-2M€ = 20.000 €; 2-6M€ = 40.000 €; 6-10M€ = 80.000 €; >10M€ = 150.000 €; autónomos = 5.000 €; Las medidas son urgentes y se implementan por procedimiento de emergencia. Hay excepciones al Ingreso Mínimo Vital para las ayudas contenidas en el decreto-ley.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.