● Abierta · hasta 20/12/2027200.000.000 €

Medidas urgentes para reparar daños meteorológicos en Andalucía y Extremadura

ESTADO · MINISTERIO DEL INTERIOR · D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS
Denominación oficial (BDNS): Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen: Este decreto establece medidas económicas para reparar los daños causados por fenómenos meteorológicos adversos en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Interesa a particulares, pymes y personas físicas con actividad económica.

Qué financia

Financiar la reparación de daños causados por fenómenos meteorológicos adversos

A quién va dirigida

Particulares, pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas en Andalucía y Extremadura afectadas por eventos climáticos.

Requisitos

  • Ser afectado por los fenómenos meteorológicos adversos en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura
  • Cumplir con la documentación requerida según el tipo de ayuda solicitada
  • Ser empresario o autónomo afectado por temporales en Andalucía o Extremadura
  • Presentar formulario electrónico hasta el 30 de junio de 2026
  • Cumplir con los requisitos legales establecidos en la normativa vigente
  • Presentar solicitudes de ayuda dentro del plazo estipulado

Gastos subvencionables

  • Ayudas a daños personales y materiales
  • Obras de reparación, restitución, reconstrucción, mejora y ampliación de infraestructuras municipales o provinciales
  • Ayuda extraordinaria para explotaciones agrarias afectadas
  • Compensación por daño no indemnizado por el seguro agrario en producciones siniestradas
  • Apoyo al coste de la prima del seguro agrario combinado
  • Ayudas directas a empresarios y autónomos cuya actividad económica se haya visto afectada
  • Restauración y reparación de infraestructuras públicas
  • Protección y restauración del dominio público marítimo-terrestre
  • Reparación, rehabilitación y mejora de las infraestructuras hidráulicas estatales

Criterios de valoración

  • Magnitud de los daños provocados por la catástrofe
  • Existencia de una situación financiera que ponga en riesgo su capacidad para hacer frente a su reconstrucción
  • Volumen de operaciones de la actividad económica
  • Volumen de operaciones para empresas
  • Un importe único para autónomos
  • Necesidad urgente y extraordinaria justificada por la situación catastrófica
  • Conformidad con el procedimiento de emergencia previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Documentación a presentar

  • Documentación requerida según el tipo de ayuda solicitada, incluyendo declaración responsable y presentación de cuenta bancaria para abono de la ayuda
  • Formulario electrónico a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Documentos requeridos para solicitar ayudas y modificaciones de resoluciones de concesión
  • Información geoespacial proporcionada por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) y CNIG

Condiciones económicas

Anticipos a cuenta de hasta el 50% del importe máximo para ayudas personales; anticipo de hasta el 100% de la ayuda máxima para entidades locales.; Ayudas directas basadas en el volumen de operaciones; exenciones fiscales para inmuebles dañados, tasas y certificaciones catastrales.; Las ayudas son urgentes y se tramitarán por procedimiento de emergencia. Existen excepciones al Ingreso Mínimo Vital para las ayudas contenidas en el decreto.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Particulares, pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas en Andalucía y Extremadura afectadas por eventos climáticos.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 150.000 € (para empresas) / 5.000 € (para autónomos). Anticipos a cuenta de hasta el 50% del importe máximo para ayudas personales; anticipo de hasta el 100% de la ayuda máxima para entidades locales.; Ayudas directas basadas en el volumen de operaciones; exenciones fiscales para inmuebles dañados, tasas y certificaciones catastrales.; Las ayudas son urgentes y se tramitarán por procedimiento de emergencia. Existen excepciones al Ingreso Mínimo Vital para las ayudas contenidas en el decreto.. Presupuesto total: 200.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 17/02/2026. Fin: 20/12/2027.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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