● Abierta · hasta 20/12/2027200.000.000 €

Medidas urgentes para reparar daños meteorológicos en Andalucía y Extremadura

ESTADO · MINISTERIO DEL INTERIOR · D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS
Denominación oficial (BDNS): Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen: Es un programa de ayuda financiera para reconstruir infraestructuras afectadas por fenómenos climáticos adversos, beneficiando a particulares y pymes.

Qué financia

Financia la reparación e inversión en infraestructuras dañadas por eventos meteorológicos severos.

A quién va dirigida

Particulares que no tienen actividad económica, pequeñas y medianas empresas (pymes) y personas físicas con actividad económica.

Requisitos

  • Ser víctima de los fenómenos meteorológicos adversos
  • Residir o tener actividad en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura
  • La actividad económica se haya visto afectada por temporales en Andalucía o Extremadura
  • Desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves que hayan perturbado el normal desarrollo de la actividad
  • Cumplir con las condiciones establecidas en los artículos específicos
  • Ser afectado por inundaciones o catástrofes meteorológicas

Gastos subvencionables

  • Daños personales y materiales
  • Reparación, restitución, reconstrucción e instalaciones municipales
  • Ayudas agrarias para explotaciones afectadas
  • Apoyo a flotas pesqueras y acuícolas
  • Ayudas directas a empresas y autónomos
  • Ayudas directas a los trabajadores autónomos y empresas afectadas por temporales en Andalucía o Extremadura

Criterios de valoración

  • Magnitud del daño
  • Volumen de operaciones de la actividad económica
  • Necesidad urgente e inaplazable

Documentación a presentar

  • Declaración responsable
  • Formulario electrónico para autónomos y empresas afectadas
  • Formulario electrónico que se presentará hasta el 30 de junio de 2026 para indicar la cuenta bancaria donde se realizará el abono de la ayuda

Condiciones económicas

Ayudas con importes variables según la magnitud del daño y el volumen de operaciones. Anticipos a cuenta hasta el 50% del importe máximo para personas afectadas.; El importe de la ayuda depende del volumen de operaciones de la actividad.; Las medidas son urgentes y se implementan a través de acuerdos de emergencia. Se prevé una ampliación del plazo para el inicio de la ejecución de actuaciones correspondientes.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Particulares que no tienen actividad económica, pequeñas y medianas empresas (pymes) y personas físicas con actividad económica.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 150.000 € para empresas; 5.000 € para autónomos. Ayudas con importes variables según la magnitud del daño y el volumen de operaciones. Anticipos a cuenta hasta el 50% del importe máximo para personas afectadas.; El importe de la ayuda depende del volumen de operaciones de la actividad.; Las medidas son urgentes y se implementan a través de acuerdos de emergencia. Se prevé una ampliación del plazo para el inicio de la ejecución de actuaciones correspondientes.. Presupuesto total: 200.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 17/02/2026. Fin: 20/12/2027.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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