Cerrada95% del coste375.000 €

Orden conjunta para rehabilitación de viviendas en Galicia

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Orden conjunta de 5 de mayo de 2026, para la rehabilitación de viviendas destinadas a vivienda habitual de personas trabajadoras en la Comunidad Autónoma de Galicia (TR358E y TR358F). (Medida no sujeta)
Resumen: Programa que financía la rehabilitación de viviendas para trabajadores en Galicia. Interesa a particulares sin actividad económica.

Qué financia

Financia la rehabilitación de viviendas destinadas a personas trabajadoras en Galicia.

A quién va dirigida

Particulares que no desarrollan actividad económica y desean mejorar su hogar.

Requisitos

  • Ser propietario, usufructuario o cesionario de la vivienda por un plazo mínimo de 10 años
  • Destinar la vivienda a vivienda habitual de personas trabajadoras con contrato de trabajo en Galicia
  • Cumplir con el deber de remisión al Consejo de Cuentas para ayuntamientos
  • Solicitar por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia
  • Presentar declaración responsable sobre otras ayudas obtenidas o solicitadas
  • Cumplir con los criterios de valoración establecidos
  • Ser al corriente con las deudas tributarias, la Seguridad Social y las administraciones públicas de Galicia
  • No estar inhabilitado para obtener subvenciones o ayudas
  • Cumplir los criterios de valoración establecidos

Gastos subvencionables

  • Rehabilitación, terminación y/o ampliación de viviendas
  • Honorarios de profesionales
  • Informes técnicos y certificados necesarios
  • Gastos derivados de la tramitación administrativa
  • Contratación del seguro de impago del alquiler o cesión de uso
  • Otros gastos generales justificados
  • Rehabilitación de viviendas

Criterios de valoración

  • Calidad técnica de las obras
  • Necesidades sociales y económicas
  • Sostenibilidad y eficiencia energética
  • Accesibilidad
  • Conservación de elementos singulares de la construcción existente
  • Ubicación de la vivienda (distancia al centro de trabajo, parada de transporte público, vía de alta capacidad, tipo de municipio)
  • Condiciones de sostenibilidad de las rehabilitaciones
  • Relación entre la inversión total y la ayuda solicitada
  • Actividad económica de la empresa empleadora

Documentación a presentar

  • Escritura de constitución o modificación de la persona jurídica (si corresponde)
  • Documentación acreditativa de representación legal
  • Certificado de titularidad de propiedad, usufructo o cesión de uso del inmueble
  • Proyecto técnico o memoria relativa a la actuación con calendario de ejecución
  • Memoria sobre distancia al centro de trabajo y transporte público
  • Valoración técnica de eficiencia energética
  • Relación entre inversión total y ayuda solicitada
  • Reportaje fotográfico del estado actual del inmueble
  • Licencia municipal o justificante de solicitud
  • Compromiso de destino de la vivienda (alquiler o cesión de uso)
  • Justificación para programas Retorna Cualifica Empleo y Becas Excelencia Juventud Exterior
  • DNI o NIE del solicitante y representante
  • NIF de la entidad representante
  • Certificados de estar al corriente con las deudas tributarias, Seguridad Social y administraciones públicas
  • Documentación que demuestre la rehabilitación de la vivienda

Condiciones económicas

El importe máximo de la subvención puede superar el límite si la vivienda está situada en un área Rexurbe, incrementándose en 1.000 € por unidad. Además, se permite solicitar hasta 600 euros para contratar seguro de impago del alquiler o cesión de uso.; Límite máximo por vivienda: 75.000 € (86.000 € en áreas Rexurbe). Límite conjunto para edificios colectivos: 300.000 €.; La subvención está sujeta a un plazo máximo de ejecución de dieciocho meses y puede ser modificada o renunciada según ciertas condiciones. La resolución se notifica individualmente, pero también puede publicarse en el Diario Oficial de Galicia.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Particulares que no desarrollan actividad económica y desean mejorar su hogar.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 95% del coste subvencionable. El importe máximo de la subvención puede superar el límite si la vivienda está situada en un área Rexurbe, incrementándose en 1.000 € por unidad. Además, se permite solicitar hasta 600 euros para contratar seguro de impago del alquiler o cesión de uso.; Límite máximo por vivienda: 75.000 € (86.000 € en áreas Rexurbe). Límite conjunto para edificios colectivos: 300.000 €.; La subvención está sujeta a un plazo máximo de ejecución de dieciocho meses y puede ser modificada o renunciada según ciertas condiciones. La resolución se notifica individualmente, pero también puede publicarse en el Diario Oficial de Galicia.. Presupuesto total: 375.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 16/05/2026. Fin: 15/07/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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