● Abierta · hasta 31/12/202650% del coste200.000 €

Plan de ayudas a la innovación y uso de NNTT para pymes en Colmenar Viejo

LOCAL · COLMENAR VIEJO · AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
Denominación oficial (BDNS): Bases reguladoras plan de ayudas a la innovación y al uso de las nntt ámbito empresarial 2026
Resumen: Es un plan que ofrece ayuda financiera para incentivar la innovación y el uso de nuevas tecnologías de la información y la comunicación (NNTT) en pymes. Está dirigido a empresas pequeñas y personas físicas con actividades económicas.

Qué financia

Financia proyectos de innovación y adopción de NNTT

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores autónomos que desean implementar nuevas tecnologías en sus negocios

Requisitos

  • Domicilio Fiscal en Colmenar Viejo
  • Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
  • Sin deudas contraídas con la Agencia Tributaria, Seguridad Social, Comunidad de Madrid o Ayuntamiento de Colmenar Viejo
  • Microempresas con menos de 10 trabajadores en plantilla (si aplica)
  • Actividad económica dirigida a consumidor final y comenzada antes de la publicación de la subvención
  • Solicitar mediante un formulario normalizado
  • Presentar documentación que acredite identidad y capacidad legal
  • Entregar una relación de gastos subvencionables con facturas detalladas
  • Certificar la situación en el censo de actividades económicas
  • Probar estar al corriente de obligaciones tributarias, seguridad social y Comunidad de Madrid
  • Abonar deudas pendientes con el Ayuntamiento si aplica
  • Presentar certificado de titularidad de cuenta bancaria
  • Autorizar la Concejalía a solicitar información tributaria

Gastos subvencionables

  • Adquisición de TPV, terminales móviles, ordenadores portátiles y de mesa, tablets, cámaras de videovigilancia y sistemas tecnológicos de geolocalización
  • Modernización comercial en Visual Merchandising
  • Publicidad: redes sociales, medios de comunicación, señalética
  • Implementación de la Inteligencia Artificial
  • Automatización de procesos productivos o prestación de servicios
  • Gastos relacionados con innovación y uso de nuevas tecnologías en actividades empresariales

Criterios de valoración

  • Realización de acciones relacionadas con gastos subvencionables descritos en los conceptos B.1 a B.5: 1 PUNTO cada uno
  • Puntuación máxima total: 5 puntos
  • En caso de igualdad, se resolverá por orden cronológico de presentación

Documentación a presentar

  • Solicitud de subvención firmada y sellada
  • Documentación que acredite la identidad del solicitante
  • Relación de gastos subvencionables con facturas enumeradas
  • Certificación de situación en el Censo de Actividades Económicas
  • Certificado de inexistencia de deudas frente a Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Comunidad de Madrid
  • Recibos abonados y justificantes de abonos (si aplica)
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria
  • Autorización para solicitar información tributaria
  • Solicitud de subvención
  • Documentación que acredite identidad y capacidad legal
  • Relación de gastos subvencionables con facturas detalladas
  • Certificación de situación en el censo de actividades económicas
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias, seguridad social y Comunidad de Madrid
  • Recibos abonados a deudas pendientes (si aplica)

Condiciones económicas

El gasto debe estar facturado y pagado entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de publicación de la subvención.; El importe máximo de subvención se calcula al 50% de los gastos si el total base imponible es inferior a 4.000 €. Se requiere la presentación de facturas detalladas y justificantes de pago.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos que desean implementar nuevas tecnologías en sus negocios
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 2.000 €. El gasto debe estar facturado y pagado entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de publicación de la subvención.; El importe máximo de subvención se calcula al 50% de los gastos si el total base imponible es inferior a 4.000 €. Se requiere la presentación de facturas detalladas y justificantes de pago.. Presupuesto total: 200.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 08/04/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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