Plan de ocupabilidad e inserción laboral en piscinas y playas de León
Qué financia
Financia proyectos relacionados con la ocupabilidad e inserción laboral en piscinas y playas de la provincia de León.
A quién va dirigida
Organizaciones jurídicas que no desarrollan actividad económica, pero están interesadas en fomentar el empleo en el sector de piscinas y playas.
Requisitos
- Los contratos no podrán ser de duración superior a tres meses, ni inferior a dos meses.
- Los trabajadores contratados deberán estar dados de alta como desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el momento de la contratación.
- Los contratos se formalizarán preferentemente a jornada completa; de hacerlo a jornada parcial esta no podrá ser inferior al 50% de la jornada legal o convencionalmente establecida.
- La preselección de trabajadores por parte de la Oficina de Empleo, con al menos tres candidatos por puesto.
- Selección final del ayuntamiento/junta vecinal atendiendo a criterios objetivos y publicidad.
- Contratos establecidos para mejorar ocupabilidad e inserción laboral (modelos 405 o 505).
- Trabajadores no pueden tener segundo puesto de trabajo durante la contratación.
- Duración del contrato entre dos y tres meses, con posibilidad de formalizar nuevos contratos si es necesario para completar el programa.
- Jornada laboral mínima del 50% de la jornada ordinaria.
- No estar incurso en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas
- Comunicar a la Diputación cualquier modificación de las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvención
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No haber solicitado ni recibido ninguna subvención de otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad
- Autorizar a la Diputación para la compensación automática y de oficio de las deudas pendientes de reembolso en relación con esta subvención
Gastos subvencionables
- Costes derivados de la contratación por los ayuntamientos/juntas vecinales de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
- Salario base
- Pluses en convenios colectivos
- Parte proporcional de pagas extraordinarias
- Aportación empresarial a Seguridad Social por conceptos subvencionables
- Indemnización por finalización del contrato
- Gastos durante baja por incapacidad o maternidad, incluidas cotizaciones sociales
- Coste salarial subvencionable (retribuciones brutas pagadas al trabajador excluyendo conceptos no subvencionables)
Criterios de valoración
- La preselección de los trabajadores la realizará la Oficina de Empleo correspondiente, mediante la presentación de la oferta de empleo. Se enviarán, al menos, tres candidatos por puesto de trabajo ofertado.
- La selección final de los trabajadores la realizará el ayuntamiento/junta vecinal atendiendo a criterios objetivos de selección y de publicidad.
Documentación a presentar
- Realizar las medidas de difusión de la financiación pública de la actividad, que deben consistir en la publicación de anuncio informativo en el tablón de anuncios de la sede electrónica del ayuntamiento/junta vecinal.
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 13.2 de la LGS mediante declaración responsable del representante de la Corporación Local (anexo II).
- Aplicar a su finalidad los fondos percibidos.
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvención.
- Ficha de terceros identificativa del número de cuenta bancaria.
- Certificación del secretario municipal acreditativa de la existencia de piscina o playa fluvial autorizada.
Condiciones económicas
La cantidad máxima subvencionada por trabajador/día es de 77,00 € para contrataciones a jornada completa o la parte proporcional al número de horas contratadas (nunca podrá ser inferior la jornada al 50% de la ordinaria). Se trata de una asignación fija de 7.125 € por cada piscina municipal y playa fluvial autorizada para el baño.; La cuantía se reduce proporcionalmente si las solicitudes exceden el crédito total consignado. Los gastos subvencionables incluyen salarios, pluses, pagas extraordinarias y aportaciones a la Seguridad Social.; El importe máximo para los ayuntamientos beneficiarios es de 627.000 € y para las juntas vecinales es de 42.750 €.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.