Plan provincial de cooperación municipal para infraestructuras en León
Qué financia
Financia proyectos de infraestructura en municipios de la provincia de León.
A quién va dirigida
Entidades jurídicas sin actividad económica que quieran desarrollar proyectos de construcción en municipios leoninos.
Requisitos
- Ser municipio con población inferior a 20.000 habitantes
- No estar incursado en prohibiciones para obtener subvención
- Memorias/proyectos suscritos por técnico competente
- Certificación del secretario municipal sobre acuerdo del órgano competente municipal de aprobación de las memorias de las actuaciones que se solicitan o los presupuestos cuando se soliciten suministros
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiarios de la subvención de las establecidas en el art. 13.2 de la LGS
- Ficha de terceros acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria del Ayuntamiento en la que se realizará el ingreso de la subvención
- Documentación justificativa íntegra de la ejecución de las actuaciones subvencionadas
- Cumplimentar un modelo de ficha de terceros para acreditar la titularidad de la cuenta corriente
- No tener deuda con la Hacienda Provincial
Gastos subvencionables
- Honorarios técnicos (máximo 5% del presupuesto de ejecución material)
- Honorarios por dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud (máximo 5% del presupuesto de ejecución material)
- Honorarios técnicos devengados por la redacción de los proyectos subvencionables
- Honorarios devengados por la dirección facultativa y por la coordinación de seguridad y salud de las obras subvencionadas
- Inversiones, obras y suministros
- Adquisición de edificaciones
- Rehabilitación de bienes inmuebles
Criterios de valoración
- Asignación en función de la población del municipio
Documentación a presentar
- Certificación del secretario municipal sobre acuerdo del órgano competente municipal de aprobación de las memorias de las actuaciones que se solicitan o los presupuestos cuando se soliciten suministros
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiarios de la subvención de las establecidas en el art. 13.2 de la LGS
- Ficha de terceros acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria del Ayuntamiento en la que se realizará el ingreso de la subvención
- Certificado del fedatario público del Ayuntamiento beneficiario
- Facturas
- Acta de recepción de la obra/suministro
- Certificación final de la obra
- Copia auténtica de la escritura de compra-venta del inmueble y certificación de inscripción en el Registro de la Propiedad
- Título de propiedad o certificación del secretario municipal
- Convenio o certificación del acuerdo plenario de cesión
- Fotografías en color de las actuaciones ejecutadas
Condiciones económicas
La asignación se realiza según la población del municipio: de 200.000 € a 572.000 €, con excedentes o deficiencias ajustados por el ayuntamiento.; El importe es inferior a la cuantía asignada, ésta se reducirá a dicho importe. Los honorarios técnicos y de dirección están limitados al 5% del presupuesto de ejecución material.; El gasto se financía anualmente con cargos al presupuesto de 2026, 2027 y 2029. Se requiere documentación detallada, incluyendo certificados, facturas, fotografías y actas de recepción.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.