Programa EAPN EUSKADI para participación y inclusión social
Qué financia
Financia servicios sociales y promoción social
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades sociales
Requisitos
- Ser usuario de servicios sociales municipales del ámbito de la exclusión social en Bilbao
- Profesionales de diferentes administraciones
- Sociedad en general para fomentar el conocimiento y sensibilización sobre la realidad de personas en situación de riesgo o exclusión
- Cumplir las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
- Presentar una Memoria Anual justificativa antes del 1 de febrero de 2027
- Presentar un Balance económico de ingresos y gastos documentalmente justificado
- Garantizar que las personas usuarias puedan ser atendidas en euskera si así lo desean
- Cumplir con los requisitos y obligaciones establecidas en el convenio, la Ley 38/2003 de Subvenciones y demás legislación aplicable.
- No intentar fraude o falsificación para obtener subvención pública.
Gastos subvencionables
- Costes directamente relacionados con la ejecución del programa (justificados por facturas)
- Gastos de personal (justificados por nóminas y cotizaciones a la seguridad social)
- Gastos relacionados con la realización del objeto del Convenio, excluyendo gastos de Seguridad Social y otros derivados del personal.
Criterios de valoración
- Fomentar la participación de las personas en situación de exclusión social
- Articular y facilitar la participación activa del Tercer Sector Social en la interlocución con el Área de Acción Social
- Informar y formar a profesionales sobre trabajo con personas sin hogar
Documentación a presentar
- Relación nominal de los profesionales asignados al programa con su acreditación profesional (titulación académica y currículo)
- Memoria Anual justificativa
- Balance económico de ingresos y gastos documentalmente justificado
Condiciones económicas
La subvención se asigna en un solo pago una vez aprobado y firmado el convenio. La entidad debe presentar un informe sobre las actividades realizadas al final del primer semestre.; Los costes directos deben estar justificados por facturas o documentos equivalentes. Los costes indirectos no requieren justificación documental, pero deben imputarse de acuerdo con principios contables y no superar el porcentaje de los costes directos del programa.; El importe máximo de la subvención no superará los 10.000 €, y si excede el 20% del presupuesto total o es superior a 60.000€, debe formalizarse por escrito y autorizarse previamente.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.