● Abierta · hasta 15/09/2026296.250 €

Programa ES-Transforma para cooperativas y sociedades laborales en Galicia

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Orden del XX de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras del programa ES-Transforma en cooperativas o sociedades laborales y se procede a su convocatoria para la anualidad 2026..Regl 1408/2013
Resumen: Este programa financiado por la Comunidad Autónoma de Galicia fomenta el empleo mediante ayudas económicas a pymes y personas físicas que desarrollan actividades económicas.

Qué financia

Financia proyectos que creen empleos en Galicia

A quién va dirigida

Pymes y trabajadores autónomos de cualquier sector en la región gallega

Requisitos

  • Ser sociedades laborales o cooperativas creadas en los tres años anteriores a la presentación de la solicitud
  • Cumplir con las condiciones establecidas para su constitución (ausencia de remuda xeracional, personas autónomas, transformación)
  • Tener capacidad administrativa, financeira y operativa
  • Estar al día en obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • No haber sido sancionadas por perder la posibilidad de obtener subvenciones
  • Estar formada mayoritariamente por mujeres o personas con características específicas
  • Ser una cooperativa galega inscrita en el Registro de Cooperativas de Galicia
  • Ser una sociedad laboral cualificada inscrita en el Registro de Sociedades Laborales y Mercantil
  • Presentar una declaración responsable de personas e empresas vinculadas
  • Acreditar que las ofertas no corresponden a empresas o personas relacionadas hasta el 4º grado de consanguinidad o afinidad
  • Presentar documentos específicos según la circunstancia (ausencia de remuda xeracional, constitución por persoas autónomas, transformación, etc.)

Gastos subvencionables

  • Asesoramiento legal para constitución o transformación
  • Creación e desarrollo de imagen corporativa
  • Obtención de certificaciones de calidad
  • Marketing, comunicación o relanzamiento comercial
  • Plan de protección de datos
  • Equipamento informático
  • Adquisición y desarrollo de software y páginas web
  • Mellora en eficiencia energética
  • Adquisición de equipamento
  • Reforma del local de negocio
  • Mobiliario
  • Elementos de transporte
  • Aluguer del local del centro de trabajo
  • Seguro de responsabilidad civil y responsabilidad civil de explotación del centro de trabajo
  • Asesoramiento legal
  • Creación e desarrollo da imaxe corporativa
  • Obtención de certificacións de calidade
  • Marketing, comunicación ou relanzamento comercial
  • Adquisición e desenvolvemento de software e páxinas web
  • Mellora na eficiencia enerxética
  • Reforma do local do negocio
  • Aluguer de centro de traballo
  • Seguro de responsabilidade civil e responsabilidade civil de explotación do centro de traballo
  • Gastos realizados en el desarrollo del proyecto subvencionado
  • Facturas y documentación bancaria acreditativas
  • Documentación justificativa de gastos (memoria explicativa, fotografías de investimentos)

Documentación a presentar

  • Anexo III de comprobación de datos de terceiras persoas interesadas
  • Poder suficiente da persoa representante si se actúa mediante representación
  • Orzamento/s o factura/s pro forma (si no realizado el servicio/inversión)
  • Facturas y su correspondiente xustificante bancario de pago (si ya realizado)
  • Declaración responsable de personas e empresas vinculadas
  • Soporte documental acreditativo de despedimiento o extinción laboral
  • Escritura pública de constitución y inscripción en el registro correspondiente
  • Alta en el censo de obligados tributarios
  • Certificados de persoa emigrante retornada o cambio de sexo/nombre

Condiciones económicas

La ayuda puede incrementarse en hasta 16.000 euros por entidades que cumplan ciertas condiciones (sede rural, formadas mayoritariamente por mujeres, menores de 30 años, emigrantes retornados, mayores de 45 años, personas con discapacidad o trans). El límite máximo para los gastos subvencionables es de 30.000 €.; La ayuda se otorga en conceptos específicos como asesoramiento legal, creación e desarrollo de la imagen corporativa, obtención de certificaciones de calidad, marketing y comunicación, entre otros.; La subvención puede ser concedida en concurrencia no competitiva, con pagos anticipados hasta el 80% del importe total. Los gastos deben estar justificados y cumplir con ciertos requisitos legales.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y trabajadores autónomos de cualquier sector en la región gallega
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 46.000 €. La ayuda puede incrementarse en hasta 16.000 euros por entidades que cumplan ciertas condiciones (sede rural, formadas mayoritariamente por mujeres, menores de 30 años, emigrantes retornados, mayores de 45 años, personas con discapacidad o trans). El límite máximo para los gastos subvencionables es de 30.000 €.; La ayuda se otorga en conceptos específicos como asesoramiento legal, creación e desarrollo de la imagen corporativa, obtención de certificaciones de calidad, marketing y comunicación, entre otros.; La subvención puede ser concedida en concurrencia no competitiva, con pagos anticipados hasta el 80% del importe total. Los gastos deben estar justificados y cumplir con ciertos requisitos legales.. Presupuesto total: 296.250 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: El quinto día hábil posterior al día de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Fin: 15/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Empleo y contratación

Ver todas →