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Subvención a Ayuntamientos de Cáceres para inversiones en infraestructuras

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
Denominación oficial (BDNS): SN a Ayuntamientos de la provincia para la financiación de gastos de inversión (construcción, reforma ampliación y/o equipamiento) dentro del epígrafe POLÍTICAS CONTRA LA DESPOBLACIÓN 2026
Resumen: Es una subvención que financía gastos de inversión en ayuntamientos de la provincia de Cáceres, dirigida a políticas contra la desapoblación.

Qué financia

Financia gastos de inversión en construcción, reforma, ampliación y/o equipamiento de ayuntamientos.

A quién va dirigida

Ayuntamientos de la provincia de Cáceres

Requisitos

  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Ordenanza General de Subvenciones y la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT y Seguridad Social.
  • Presentar una solicitud detallada con presupuesto de gastos e ingresos conforme a modelo normalizado.
  • Declaración responsable de cumplir con los requisitos establecidos en el art. 13 de la LGS.
  • Ejecutar las actuaciones y presentar documentación en términos y plazos recogidos
  • Realizar publicidad con la imagen corporativa de la Diputación Provincial de Cáceres
  • Cumplir normativas sobre contratación pública
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiarios establecidos en el artículo 7 de la Ordenanza General de Subvenciones y en la Ley General de Subvenciones
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT
  • Estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social

Gastos subvencionables

  • Gastos de inversión que se destinen a la realización de obras públicas municipales (infraestructuras, imputables al capítulo 6).
  • Obras de restauración y reparación de construcciones existentes para su puesta en servicio.
  • Honorarios por redacción de proyectos, dirección facultativa y ejecución de obras, coordinación de seguridad y salud en obra, control calidad o cualquier otra asistencia técnica asociada a la obra.
  • Aumento de unidades de obra o modificaciones de proyecto siempre que el gasto final esté dentro del importe aprobado por el Pleno.
  • Adquisición de bienes inventariables imputables al capítulo 6.
  • Bienes inventariables
  • Obras
  • Construcción
  • Reforma ampliación y/o equipamiento

Documentación a presentar

  • Solicitud con actividades detalladas y presupuesto de gastos e ingresos conforme a modelo normalizado.
  • Declaración responsable (incluida en modelo normalizado) de estar al corriente de obligaciones tributarias.
  • Justificación conforme a modelo normalizado
  • Cuenta justificativa con relación de facturas y gastos realizados
  • Dossier fotográfico en formato digital (.jpg o .png o .tif)
  • Certificado de adjudicación de la obra (para obras por contratista)
  • Acta de recepción de equipamientos o documento equivalente

Condiciones económicas

El importe máximo no está especificado. La subvención puede ser utilizada para financiar inversiones de la misma tipología que la principal aprobada. Las bajas o sobrantes pueden ser reutilizados para nuevas inversiones.; El importe de la subvención no puede superar el costo total de los gastos subvencionados. La publicidad debe durar al menos cinco años desde la finalización del plazo de justificación.; Las subvenciones se conceden al amparo del artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003 y son conformes con el artículo 28 de dicha ley.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Ayuntamientos de la provincia de Cáceres
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El importe máximo no está especificado. La subvención puede ser utilizada para financiar inversiones de la misma tipología que la principal aprobada. Las bajas o sobrantes pueden ser reutilizados para nuevas inversiones.; El importe de la subvención no puede superar el costo total de los gastos subvencionados. La publicidad debe durar al menos cinco años desde la finalización del plazo de justificación.; Las subvenciones se conceden al amparo del artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003 y son conformes con el artículo 28 de dicha ley.. Presupuesto total: 4.391.740 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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