Resumen: Es una subvención para asociaciones que promueven el turismo rural en Cantabria. Interesa a entidades sin ánimo de lucro dedicadas al sector.
Qué financia
Financia actividades relacionadas con la promoción y desarrollo del turismo rural en Cantabria.
A quién va dirigida
Asociaciones que no desarrollan actividad económica pero trabajan para el turismo rural.
Requisitos
Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con AEAT, TGSS y Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
No tener pendientes resoluciones de reintegro de subvenciones.
Inserción del escudo oficial del Gobierno de Cantabria y los logotipos oficiales en las actuaciones
Gastos subvencionables
Producción de contenidos audiovisuales
Producción de elementos identificativos (placas, rótulos)
Acciones formativas
Posicionamiento y aumento de la visibilidad de la web
Campañas de publicidad online
Promoción en redes sociales
Asistencia a ferias y eventos del sector
Criterios de valoración
Justificación de las actuaciones realizadas con una cuenta justificativa.
Incorporación de la subvención a contabilidad.
Acreditación de medidas de publicidad.
Documentación a presentar
Memoria de actuación justificativa
Memoria económica justificativa
Certificado de incorporación a contabilidad
Acreditación de medidas de publicidad
Condiciones económicas
El gasto debe realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 28 de febrero de 2027, con un pago único antes del tercer trimestre del ejercicio.; El importe a reintegrar puede incrementarse por intereses de demora. La subvención puede ser devuelta voluntariamente si supera el coste de la actividad.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones que no desarrollan actividad económica pero trabajan para el turismo rural.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 35.000 €. El gasto debe realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 28 de febrero de 2027, con un pago único antes del tercer trimestre del ejercicio.; El importe a reintegrar puede incrementarse por intereses de demora. La subvención puede ser devuelta voluntariamente si supera el coste de la actividad.. Presupuesto total: 35.000 €
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