Denominación oficial (BDNS): Resolución de 11 de junio de 2026, del Sr. Concejal Delegado en materia de Recaudación, Rentas, Hacienda, Intervención y Tesorería, por el que se concede Subvención Nominativa a favor de la ASOCIACIÓN DE VECINOS LAS VIÑAS
Resumen: Es una subvención económica concedida por el Ayuntamiento de Zamora a una asociación vecinal. Se dirige a entidades sin actividad económica.
Qué financia
Financia gastos generales y actividades comunitarias de la asociación.
A quién va dirigida
Asociaciones locales que no realizan actividades económicas, como grupos vecinales o clubes culturales.
Requisitos
Presentar documentación previa a la firma del convenio (solicitud, memoria explicativa, presupuesto, cláusula de protección de datos, certificados bancarios y tributarios)
Realizar la actividad subvencionada y justificar su financiación
Someterse a actuaciones de comprobación y seguimiento por parte del Ayuntamiento
Gastos subvencionables
Gastos corrientes de actividades ciudadanas, festivas, socioculturales y comunitarias
Mantenimiento del local social (gastos corrientes como luz, agua, teléfono)
gastos legales y penales
gastos de procedimientos judiciales
Documentación a presentar
Memoria de las actividades desarrolladas y resultados obtenidos
Relación detallada de ingresos, subvenciones, ayudas o recursos
Clasificación de gastos con proveedor, número de factura, concepto, fecha, importe, pago y modo de pago
Facturas originales o nóminas acreditativas del pago de los gastos
Condiciones económicas
El porcentaje de financiación es del 89,47% para gastos corrientes y 100% para mantenimiento del local. La subvención se paga una sola vez.; El coste de adquisición no puede superar el valor de mercado. La subcontratación con entidades vinculadas requiere autorización previa del órgano municipal.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones locales que no realizan actividades económicas, como grupos vecinales o clubes culturales.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 5975 €. El porcentaje de financiación es del 89,47% para gastos corrientes y 100% para mantenimiento del local. La subvención se paga una sola vez.; El coste de adquisición no puede superar el valor de mercado. La subcontratación con entidades vinculadas requiere autorización previa del órgano municipal.. Presupuesto total: 5.975 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.
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