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Subvención a la Asociación de Vecinos SAN JERÓNIMO

LOCAL · TALAVERA DE LA REINA · AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a favor de la Asociación de Vecinos SAN JERÓNIMO
Resumen: Es una subvención económica otorgada por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina para apoyar actividades asociativas. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia gastos económicos para actividades asociativas

A quién va dirigida

Asociaciones locales que realizan trabajos comunitarios o sociales

Requisitos

  • No existir subvención pendiente de justificar o reintegrar por parte de la asociación
  • Inexistencia de deudas con esta Administración
  • Declaración responsable aprobada por la asociación
  • Cumplimiento de requisitos exigidos en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones y arts. 18 y 19 del Reglamento de la LGS
  • Existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.
  • Justificar las actuaciones realizadas antes del 15 de enero de 2027.

Gastos subvencionables

  • Semanas culturales
  • Charlas, debates y coloquios
  • Campañas de fomento del asociacionismo
  • Talleres, cursos y demás actividades formativas
  • Actividades en períodos vacacionales
  • Prestación directa de servicios a los ciudadanos
  • Actividades deportivas
  • Actividades solidarias
  • Comunicaciones (telefonía, postales, telegráficas, telefax, internet)
  • Gastos de publicidad de las actividades
  • Boletines informativos
  • Seguros de actividades
  • Asistencia Técnica
  • Mantenimiento de sedes sociales
  • Actividades relacionadas con la memoria valorada presentada

Documentación a presentar

  • Justificante de gasto que acredite la relación directa con la actividad
  • Declaración responsable por parte de la asociación
  • Certificado de inexistencia de deudas
  • Cumplimiento de requisitos exigidos en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones y arts. 18 y 19 del Reglamento de la LGS
  • Memoria de actuación justificativa
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
  • Facturas y documentos originales de los gastos
  • Certificado original del representante legal

Condiciones económicas

La subvención irá con cargo a la partida Capítulo 4 de subvenciones nominativas del Presupuesto para el año 2026.; El pago se efectúa al 100% del importe a los 15 días de recibir la Resolución, con justificación previa. Se permite el reintegro en caso de exceso de financiación o incumplimiento.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones locales que realizan trabajos comunitarios o sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5.575 €. La subvención irá con cargo a la partida Capítulo 4 de subvenciones nominativas del Presupuesto para el año 2026.; El pago se efectúa al 100% del importe a los 15 días de recibir la Resolución, con justificación previa. Se permite el reintegro en caso de exceso de financiación o incumplimiento.. Presupuesto total: 5.575 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: SIN PLAZO DE SOLICITUD. Fin: SIN PLAZO DE SOLICITUD.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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