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Subvención a la Cofradía Virgen del Carmen de Alicante

LOCAL · ALICANTE/ALACANT · AYUNTAMIENTO DE ALICANTE/ALACANT
Denominación oficial (BDNS): Concesión subvención nominativa a la cofradía virgen del carmen de alicante
Resumen: Es una subvención directa para apoyar actividades culturales. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro que realizan trabajos en el ámbito cultural.

Qué financia

Financia la actividad cultural de la cofradía Virgen del Carmen

A quién va dirigida

Cofradias y otras organizaciones culturales sin fines de lucro

Requisitos

  • Ser una entidad sin ánimo de lucro
  • Cumplir con requisitos para ser considerada entidad beneficiaria
  • Aceptar las condiciones y compromisos establecidos en las bases reguladoras
  • Acreditar estar al corriente en obligaciones tributarias, fiscales y de Seguridad Social
  • No tener fondos pendientes de justificación de subvenciones con anterioridad
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones que financien actividades subvencionadas

Gastos subvencionables

  • Celebración del novenario a Ntra. Sra. del Carmen
  • Llegada de la Sagrada Imagen a la playa del Postiguet
  • Procesión en honor a la Virgen del Carmen

Documentación a presentar

  • Solicitud formulada por la entidad beneficiaria
  • Documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos
  • Anexo de subvenciones nominativas del presupuesto municipal
  • Cuenta justificativa y documentos acreditativos de gastos
  • Informe favorable de justificación del destino de los fondos
  • Cuenta justificativa suscrita por la entidad beneficiaria, justificantes de gastos y documentos acreditativos del pago
  • Informe con propuesta de resolución emitido por el instructor
  • Informe de fiscalización previa favorable emitido por la Intervención General Municipal
  • Documento RC
  • Informe favorable de justificación del destino de los fondos suscrito por el Jefe del Departamento de Fiestas
  • Borrador de convenio de colaboración

Condiciones económicas

El importe no podrá superar el 95% del total de gastos incurridos por la entidad beneficiaria, y se ajustará proporcionalmente si los gastos son inferiores a ese porcentaje.; La subvención no puede superar el 95% del importe total de gastos justificados por la entidad beneficiaria.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Cofradias y otras organizaciones culturales sin fines de lucro
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 2.000 €. El importe no podrá superar el 95% del total de gastos incurridos por la entidad beneficiaria, y se ajustará proporcionalmente si los gastos son inferiores a ese porcentaje.; La subvención no puede superar el 95% del importe total de gastos justificados por la entidad beneficiaria.. Presupuesto total: 2.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: NOMINATIVA, NO PROCEDE. Fin: NOMINATIVA, NO PROCEDE.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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