554 €

Subvención a la Real Cofradía Santa Orosia para inversión en cultura

LOCAL · JACA · AYUNTAMIENTO DE JACA
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa a la Real Cofradía Santa Orosia para gasto de inversión en 2026.
Resumen: Es una subvención directa del Ayuntamiento de Jaca para gastos culturales. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en conservación y restauración del patrimonio cultural.

Qué financia

Financia gastos de inversión en actividades culturales como conservación y restauración del patrimonio.

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la conservación y restauración del patrimonio cultural.

Requisitos

  • No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Estar al corriente con sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
  • Cumplir los requisitos específicos establecidos en cada convocatoria
  • Presentar un escrito del compromiso de ejecución asumido por cada miembro de la agrupación y el importe de la subvención a aplicar por cada uno
  • Nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes suficientes para cumplir las obligaciones como beneficiario
  • Asumir el compromiso de no disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto
  • La declaración responsable debe contener detalles de ingresos percibidos e información sobre la financiación íntegra por parte del Ayuntamiento de Jaca.
  • En caso de subcontratación, el importe no puede superar el 50% del proyecto y se requiere autorización previa para exceder el 20% o si es superior a 60.000 euros.

Gastos subvencionables

  • Los gastos subvencionables se determinan según el objeto de la actividad y se especifican en cada convocatoria.
  • Gastos subvencionables aquellos que correspondan al objeto para el que se ha concedido la subvención
  • No se subvencionan gastos de amortización, indirectos, aportaciones económicas a otros entes, suntuarios, protocolarios o superiores al valor de mercado

Criterios de valoración

  • Los criterios de valoración varían dependiendo del objeto de la subvención y se establecen en cada convocatoria.
  • Se garantizan los principios de transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación entre los solicitantes.
  • Los criterios de valoración se establecerán en función de la naturaleza de la actividad y/o finalidad
  • Se garantizará el cumplimiento de los principios de transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación entre los solicitantes
  • Los criterios de valoración para la concesión de los premios deben estar especificados en cada convocatoria.
  • La subvención se pagará tras la presentación y verificación de la justificación por parte del beneficiario.

Documentación a presentar

  • La documentación a presentar incluye modelos específicos para la solicitud, que deben ser consignados en las convocatorias.
  • Los solicitantes obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas presentan la documentación a través del correspondiente registro electrónico.
  • Solicitud detallada con memoria del proyecto y presupuesto
  • Informe del servicio gestor sobre la conveniencia de utilizar el procedimiento de concesión directa
  • Propuesta del Concejal delegado correspondiente por la materia de la subvención
  • Informe de fiscalización previa y documento de retención de crédito
  • Acuerdo de otorgamiento de subvención nominativa

Condiciones económicas

El importe máximo de la subvención se determina según los créditos presupuestarios disponibles y puede variar en cada convocatoria. Se pueden utilizar procedimientos simplificados o abiertos, dependiendo del caso.; El crédito consignado en la convocatoria puede ser suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos. Se establece un orden de prelación o prorrateo del importe máximo.; La subvención puede ser modificada en caso de circunstancias imprevisibles. Se permite la ampliación de plazos, reducción del importe o alteración de acciones. Existe un límite del 50% para pagos anticipados y hasta el 80% para ONGs. Los pagos a cuenta pueden ser fraccionados según el ritmo de ejecución.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la conservación y restauración del patrimonio cultural.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
El importe máximo de la subvención se determina según los créditos presupuestarios disponibles y puede variar en cada convocatoria. Se pueden utilizar procedimientos simplificados o abiertos, dependiendo del caso.; El crédito consignado en la convocatoria puede ser suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos. Se establece un orden de prelación o prorrateo del importe máximo.; La subvención puede ser modificada en caso de circunstancias imprevisibles. Se permite la ampliación de plazos, reducción del importe o alteración de acciones. Existe un límite del 50% para pagos anticipados y hasta el 80% para ONGs. Los pagos a cuenta pueden ser fraccionados según el ritmo de ejecución.. Presupuesto total: 554 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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