Resumen: Es una subvención directa del ayuntamiento de Sueca destinada a financiar proyectos en el ámbito de la justicia. Está dirigida a entidades jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Qué financia
Financiación para proyectos relacionados con la justicia
A quién va dirigida
Entidades jurídicas sin actividad económica
Requisitos
Comunicar a la Diputación cualquier otra subvención percibida por el mismo concepto que esta
Cumplir con las obligaciones de publicidad establecidas en la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunidad Valenciana
Gastos subvencionables
Honorarios de redacción del proyecto básico y ejecución
Honorarios de dirección de obra
Honorarios de seguridad y salud
Documentación a presentar
Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, el calendario ejecutado y de los resultados obtenidos
Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas que contenga una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago e indicación de si el IVA es deducible o no
Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior por importe al menos de la subvención concedida, y la documentación acreditativa del pago
Un detalle de otros ingresos o subvenciones que haya financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia
Acreditación del cumplimiento de la obligación legal de publicidad activa en los términos señalados en el apartado c) de este punto primero
Condiciones económicas
Los gastos deben haberse devengado entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2026, sin perjuicio de que puedan ser efectivamente pagados hasta la finalización del período de justificación. La subvención se paga pospagable al 100% una vez justificada.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades jurídicas sin actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 20.000 €. Los gastos deben haberse devengado entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2026, sin perjuicio de que puedan ser efectivamente pagados hasta la finalización del período de justificación. La subvención se paga pospagable al 100% una vez justificada.. Presupuesto total: 20.000 €
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.