● Abierta50% del coste280.000 €

Subvención de alquiler para viviendas en Arrecife, Lanzarote

LOCAL · ARRECIFE · AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de la subvención de alquiler de viviendas para el 2026
Resumen: Es una subvención para ayudar personas físicas sin actividad económica a acceder a viviendas. Está dirigida principalmente a residentes del área sanitaria y servicios sociales.

Qué financia

Financia el alquiler de viviendas para personas que no desarrollan actividades económicas

A quién va dirigida

Personas físicas sin actividad económica en Arrecife, Lanzarote

Requisitos

  • Ser nacional de Unión Europea o extranjero con permiso de residencia en España
  • Estar empadronado/a en Arrecife con una antigüedad mínima de un año
  • Titular del contrato de arrendamiento formalizado en los términos legales
  • No existir grado de parentesco entre el arrendador y el solicitante
  • Cumplir con la renta máxima según el número de miembros de la unidad familiar
  • No ser titular de otro bien inmueble que pueda calificarse como vivienda
  • No contar con recursos económicos suficientes
  • Cumplir con los requisitos de la Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas para la Concesión de la Subvención del Alquiler de la Vivienda Habitual
  • No haber recibido ayudas o subvenciones anteriores para el mismo destino
  • Autorizar a la Administración Municipal para recabar información necesaria

Gastos subvencionables

  • Pago del alquiler de vivienda habitual
  • Alquiler de vivienda habitual y permanente, excluidos anejos y otros gastos u obligaciones asumidas por el arrendatario en el contrato

Criterios de valoración

  • Relación entre los ingresos y el límite máximo permitido
  • Coeficientes para familias numerosas o personas discapacitadas
  • Prioridad basada en la presentación de solicitudes con anterioridad en tiempo

Documentación a presentar

  • Documento nacional de identidad o documento oficial que lo sustituya
  • Libro de Familia o partida de nacimiento de todos los miembros de la unidad familiar
  • Copia completa del contrato de arrendamiento en vigor
  • 6 últimas Facturas/Recibos/Justificantes de transferencias bancarias del pago de las mensualidades de la renta de alquiler
  • Declaración responsable sobre el número de miembros de la unidad familiar y que la vivienda es su domicilio habitual
  • Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar
  • Copia de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Declaración de responsabilidad sobre ayudas o subvenciones recibidas para el mismo destino
  • Impreso de Alta a Terceros
  • Impreso de Alta a Terceros (Anexo III)
  • Cualquier otro documento que el área de Vivienda considere necesario
  • Documentos requeridos para subsanar solicitudes, propuesta de resolución provisional y resolución de concesión

Condiciones económicas

La subvención se ajustará al importe del contrato de arrendamiento o cesión de uso, con un tope máximo según la familia y el número de miembros. La ayuda se otorga directamente al beneficiario.; La subvención se otorga por un período de 6 meses. La priorización se basa en la relación entre los ingresos y el límite máximo permitido, con coeficientes para familias numerosas o personas discapacitadas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas físicas sin actividad económica en Arrecife, Lanzarote
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 50% del coste subvencionable. La subvención se ajustará al importe del contrato de arrendamiento o cesión de uso, con un tope máximo según la familia y el número de miembros. La ayuda se otorga directamente al beneficiario.; La subvención se otorga por un período de 6 meses. La priorización se basa en la relación entre los ingresos y el límite máximo permitido, con coeficientes para familias numerosas o personas discapacitadas.. Presupuesto total: 280.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Palmas. Fin: Trascurridos 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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