Subvención directa a la Universidad de Valladolid para fomentar el empleo
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
Denominación oficial (BDNS): Acuerdo de 7 de mayo de 2026 de la Junta de Castilla y León por el que se autoriza la concesión directa de una subvención a la Universidad de Valladolid.
Resumen: Es un acuerdo que otorga una subvención directa al personal no docente de la Universidad de Valladolid con el objetivo de fomentar el empleo. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.
Qué financia
Fomentar el empleo en la entidad beneficiaria
A quién va dirigida
Entidad sin ánimo de lucro que no desarrolla actividad económica
Requisitos
Realizar la correspondiente reserva legal para personas con discapacidad
Respetar el principio de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres
Cumplir las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
No estar incursa en prohibiciones establecidas por la Ley 38/2003
Gastos subvencionables
Actuaciones en materia de investigación (simposios, reuniones científicas)
Actuaciones combinadas de investigación y formación
Publicación en un libro de resultados de intervenciones
Coordinación cátedra-sector de la economía social
Mantenimiento de la página web
Documentación a presentar
Declaración responsable o certificación firmada por la persona competente
Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas
Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
Certificación emitida por el órgano competente acreditativa del carácter no recuperable del IVA facturado
Documentación que permita la verificación de la publicidad del carácter público de la financiación
Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de las obligaciones establecidas
Condiciones económicas
Se permite un anticipo del 50% (15.000€) sin garantía.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidad sin ánimo de lucro que no desarrolla actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 30.000 €. Se permite un anticipo del 50% (15.000€) sin garantía.. Presupuesto total: 30.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.
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