Subvención Directa Excepcional NGP6 para Viviendas en Andalucía
Qué financia
Financia proyectos de viviendas para mejorar el acceso al hogar en Andalucía
A quién va dirigida
Entidades jurídicas que no desarrollan actividades económicas y están involucradas en la inmobiliaria por cuenta propia o promoción inmobiliaria.
Requisitos
- Ser debidamente constituido en cumplimiento del artículo 6.2 a) Real Decreto 853/2021
- Cumplir los requisitos establecidos para ser beneficiario de la subvención
- El Ayuntamiento de Taberno debe estar debidamente constituido y nombrar representante o apoderado único con poderes suficientes.
- Debe cumplir con los requisitos tributarios, fiscales y sociales establecidos en la Ley 38/2003.
- No puede haber obtenido otras ayudas para la misma finalidad.
- Deberá comunicar cualquier modificación que pueda afectar al derecho a la subvención.
- Cumplir con las normativas vigentes y contar con las licencias necesarias.
- Retirar productos de construcción que contengan amianto conforme a la legislación aplicable.
- Certificar eficiencia energética del edificio.
- Colocar cartel informativo de obra.
Gastos subvencionables
- Todos los gastos inherentes a la promoción, incluyendo el coste de la edificación, los gastos generales, informes preceptivos y beneficio industrial
- No se consideran costos subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos
- Todos los gastos inherentes a la promoción, incluyendo el coste de la edificación y los informes preceptivos.
- No se consideran costos subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos.
- Costos relacionados con la construcción y mejora de viviendas.
Criterios de valoración
- La cuantía de la subvención se calcula en atención a la superficie útil de cada vivienda, con una cuantía fija de 700 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda
- El precio del alquiler mensual está limitado a un máximo de 3,5 € por metro cuadrado de superficie útil
Documentación a presentar
- Anteproyecto que se deduce el gasto subvencionable y superficie útil de la vivienda
- Documentación que permite verificar el cumplimiento de requisitos por parte del beneficiario referidos a identidad y constitución
- Identificación de cuenta en Tesorería General de Andalucía.
- Autorización para solicitar información tributaria, económica o patrimonial.
- Documentación específica según el porcentaje del pago (licitación, inicio de obras, ejecución del 50%, finalización).
Condiciones económicas
La cuantía máxima de la subvención no podrá superar una cantidad determinada por metro cuadrado de superficie útil de cada vivienda. El precio del alquiler mensual está limitado a un máximo de 3,5 € por metro cuadrado de superficie útil.; La cuantía máxima de la subvención no podrá superar los 50.000 euros por vivienda y está limitada por las disponibilidades presupuestarias.; Pago por anticipado en varios hitos: 20% al acreditar la licitación, 30% al iniciar obras y 30% al ejecutar el 50% del coste subvencionable. El pago final se realiza una vez justificada la actuación.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.