Subvención directa para el Programa Ocio y Tiempo Libre en Bizkaia
Qué financia
Financia el Programa Ocio y Tiempo Libre en Bizkaia
A quién va dirigida
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividades económicas
Requisitos
- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo
- No estar en las circunstancias relacionadas en el artículo 42 de la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio
- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo.
- No estar inscritas en las circunstancias relacionadas en el artículo 42 de la Norma Foral 4/2018, de 20 de junio, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el Título III de la Ley 4/2005, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- No realizar actividades que discriminan por razón de sexo.
- Solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.
- Cumplir con todas las normas laborales, seguros, prevención de riesgos, seguridad integral de las personas usuarias de sus servicios etc. que requiera el desarrollo de su actividad.
Gastos subvencionables
- Gastos imputables al crédito del Capítulo IV 'Transferencias corrientes' del programa 231109
- Gastos estrictamente necesarios y relacionados con la naturaleza de la actividad subvencionada.
- Gastos realizados en el plazo de ejecución establecido.
- Gastos no considerables como intereses deudores, recargos administrativos o penales, gastos judiciales, etc.
- Gastos personales imputados al proyecto/actividad.
- Otros gastos directos del proyecto.
Criterios de valoración
- La actividad debe promover la igualdad de género y no discriminar por razón de sexo.
- Los requisitos legales deben cumplirse.
- No se consideran subvencionables los gastos que no responden a la naturaleza del proyecto.
- Criterios de eficiencia y economía para la elección entre las ofertas presentadas.
- Reducción a la cuantía que se considere ajustada y proporcional si el Departamento de Acción Social identifica gastos no vinculados o considera que el gasto solicitado no es adecuado.
Documentación a presentar
- Un proyecto de actividad y una previsión de estado de gastos e ingresos
- Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres
- Un proyecto de actividad y un a previsión de estado de gastos e ingresos, explicativo de la acción objeto final de la subvención.
- Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Documentación que demuestre el cumplimiento de los requisitos legales.
- Justificación detallada para la elección de proveedores.
- Indicación del sistema de muestreo utilizado, si se ha utilizado, incluyendo el número de elementos e importe de la muestra analizada respecto al total y el porcentaje de deficiencias advertido.
Condiciones económicas
El importe se destinará a financiar el proyecto presentado por la entidad beneficiaria, integrado por el Proyecto de Actividades y la Previsión del Estado de Gastos e Ingresos.; La cuantía máxima es de 355.685,00 euros, consignada en el orgánico 0304, programa 231109, económico 45100, número de proyecto 2008/0228, del ejercicio 2026.; Se requiere una muestra estadística con un nivel de confianza del 95% y un error máximo de ±5%. Se debe indicar si se ha utilizado el sistema de muestreo, el sistema empleado, el número de elementos e importe de la muestra analizada respecto al total, y el porcentaje de deficiencias advertido.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.