Subvención directa para Mensajeros de la Paz en Extremadura
Qué financia
Financia programas de mensajeros de paz en centros residenciales para personas mayores o con discapacidades.
A quién va dirigida
Organizaciones sin fines de lucro que prestan servicios sociales y promoción social en Extremadura.
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro
- Desarrollar programas para cubrir necesidades de personas con discapacidad y mayores
- Colaborar con regularidad con la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia
- Ser una entidad privada sin fin de lucro con experiencia en atención a colectivos vulnerables.
- Desarrollar programas sobre los que existe un interés público, social o económico.
- Tener suscrita una póliza de seguro u otra garantía financiera adecuada
- Cumplir con las obligaciones de identificación, publicidad e información públicas
- Declarar la percepción de otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad
Gastos subvencionables
- Programas formativos, de habilitación ocupacional y ajuste personal y social
- Atención especializada en régimen de media pensión
- Residencias para personas con discapacidad
- Mantenimiento de la autonomía de las personas mayores
- Gastos estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad subvencionada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
- Gastos financieros
- Gastos de asesoría jurídica o financiera
- Gastos notariales y registrales
- Gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado
- Gastos de administración específicos
Documentación a presentar
- Proyectos detallados incluyendo finalidad, objetivos, recursos humanos y materiales necesarios, actividades a ejecutar, presupuesto
- Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna circunstancia del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley 6/2011
- Consentimiento expreso para que el órgano gestor compruebe de oficio las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- Certificado pormenorizado de ingresos, gastos y pagos del coste de la actividad subvencionada
- Nóminas y recibos de Liquidación de Cotizaciones para gastos de personal
- Facturas y justificantes de pago para gastos corrientes
- Cumplimiento de medidas de publicidad y fotografía del cartel identificativo
Condiciones económicas
La subvención se otorga por razones de interés público y social, sin especificar un importe máximo. La financiación es necesaria para garantizar la continuidad y sostenibilidad en la prestación de los servicios.; Pago único anticipado del 100% del importe; exenta de garantías previo informe favorable.; Los gastos deben estar comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, abonados con fecha límite hasta el 1 de marzo de 2027. Los intereses deudores, recargos y sanciones no son subvencionables.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.