● Abierta · hasta 31/12/2026100% del coste60.000 €

Subvención directa por cátedra en Canarias para el año 2026

AUTONOMICA · CANARIAS · CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA
Denominación oficial (BDNS): Orden consejera de universidades, ciencia e innovacion y cultura se procede subvencion directa por catedra canarias africa 2026
Resumen: Es una subvención directa de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura de las Islas Canarias destinada a instituciones educativas.

Qué financia

Financia cátedras en el ámbito educativo en Canarias

A quién va dirigida

Instituciones educativas que no desarrollan actividad económica

Requisitos

  • Ser la Fundación Canaria del Patronato del Centro Asociado de la Universidad Nacional a Distancia de Fuerteventura.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano gestor el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación por parte del órgano gestor.
  • Comunicar al órgano gestor la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante al menos 4 años desde el final del plazo de ejecución.
  • Adoptar medidas de difusión con la identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias.

Gastos subvencionables

  • Gastos corrientes que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto.
  • Los pagos en efectivo se ajustarán a la limitación establecida por la legislación.

Criterios de valoración

  • Criterios de eficiencia y economía al seleccionar ofertas de proveedores.
  • Elección entre ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía.
  • La justificación del proyecto subvencionado en la resolución de concesión revestirá la modalidad de cuenta justificativa.
  • Incumplimiento de medidas de difusión y publicidad activa
  • Resistencia, excusa o obstrucción a actuaciones de comprobación financiero
  • Incumplimiento de obligaciones impuestas por la Administración
  • Adopción de decisiones que derivan en necesidad de reintegro
  • Cumplimiento significativo pero no total

Documentación a presentar

  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad.

Condiciones económicas

El abono anticipado se otorga hasta el 100% de su cuantía, siempre que la ejecución de la actividad y su justificación se produzcan antes del siguiente ejercicio presupuestario. El beneficiario no debe tener otras subvenciones pendientes de justificación en los dos ejercicios anteriores.; El plazo para la justificación es de 2 meses a partir del finalización de la actividad. El órgano gestor comprobará al menos dos abonos y podrá requerir justificantes de gastos y pagos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Instituciones educativas que no desarrollan actividad económica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. El abono anticipado se otorga hasta el 100% de su cuantía, siempre que la ejecución de la actividad y su justificación se produzcan antes del siguiente ejercicio presupuestario. El beneficiario no debe tener otras subvenciones pendientes de justificación en los dos ejercicios anteriores.; El plazo para la justificación es de 2 meses a partir del finalización de la actividad. El órgano gestor comprobará al menos dos abonos y podrá requerir justificantes de gastos y pagos.. Presupuesto total: 60.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 09/03/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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