LOCAL · TALAVERA DE LA REINA · AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA
Denominación oficial (BDNS): Concesión de la subvención nominativa a favor del Arzobispado de Toledo
prevista en el presupuesto general de la entidad para el año 2026 y conforme con el plan estratégico de subvenciones de Talavera de la Reina 2025-2027.
Resumen: Es una subvención económica concedida directamente por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina para apoyar a entidades sin actividad económica.
Qué financia
Financia prestaciones económicas específicas al Arzobispado de Toledo
A quién va dirigida
Entidad religiosa o institución sin actividad económica en el ámbito de Talavera de la Reina
Requisitos
Cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social
Existencia de crédito adecuado para atender las obligaciones económicas derivadas de la subvención
Designar un Sacerdote-Rector
Celebrar servicios litúrgicos requeridos por el Ayuntamiento
Aportar oblata y ornamentación de la capilla
Cumplir con obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
Destinar fondos subvencionados para su finalidad y presentar documentación justificativa
Gastos subvencionables
Gastos relacionados indubitadamente con la prestación de asistencia espiritual propia del culto católico en la Basílica de Nuestra Señora del Prado
Documentación a presentar
Memoria de actuación justificativa
Memoria económica con relación clasificada de gastos
Facturas originales y detalladas
Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
Certificado original del representante legal
Condiciones económicas
El pago se divide en dos partes: el 75% al aceptar la resolución y el 25% restante previa justificación de las actuaciones.; Pago anticipado del 75%; la subvención irá con cargo a una partida específica del presupuesto; compatibilidad con otras subvenciones.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidad religiosa o institución sin actividad económica en el ámbito de Talavera de la Reina
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 44.000 €. El pago se divide en dos partes: el 75% al aceptar la resolución y el 25% restante previa justificación de las actuaciones.; Pago anticipado del 75%; la subvención irá con cargo a una partida específica del presupuesto; compatibilidad con otras subvenciones.. Presupuesto total: 44.000 €
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