194.481 €

Subvención nominativa Cruz Roja Española para servicios sociales en Asturias

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa Cruz Roja Española 2026
Resumen: Es una subvención directa de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias, destinada a entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales.

Qué financia

Financia proyectos y actividades en el ámbito de los servicios sociales

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajan en servicios sociales

Requisitos

  • Ser la Cruz Roja Española
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Reunir los requisitos para ser acreedora de la subvención
  • No incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de General de Subvenciones
  • Cumplir con las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la misma Ley respecto a subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualquier Administración Pública
  • Figurarán extendidos a nombre de la entidad perceptora de la subvención
  • Tanto en las facturas como en los recibos debe figurar número de factura, datos identificativos del expedidor y receptor, descripción detallada de la operación, precio unitario, contraprestación total, IVA correspondiente, lugar y fecha de emisión.
  • Se admitirán facturas emitidas por medios electrónicos siempre que garanticen autenticidad, integridad y legibilidad.

Gastos subvencionables

  • Gastos de mantenimiento y reposición de equipamiento esencial y enseres de las viviendas
  • Entrega dineraria para gastos de documentación, seguros y personales o de bolsillo
  • Costes de personal referenciados a las cuantías establecidas para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias
  • Gastos indirectos relacionados con la actividad subvencionada
  • Suministros de agua, electricidad, gas de uso doméstico
  • Combustible para calefacción
  • Telecomunicaciones
  • Contratación de personal (nóminas, boletines de cotización a la Seguridad Social)
  • Colaboraciones en régimen de arrendamiento de servicios
  • Participación de personal voluntario
  • Dietas por alojamiento, manutención y desplazamientos
  • Realización de cursos
  • Entregas dinerarias a personas destinatarias

Documentación a presentar

  • Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar
  • Certificados de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable de reunir los requisitos para ser acreedora de la subvención
  • Nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y RNT) correspondientes al período en que se imputen los gastos
  • Justificantes que acrediten el pago y el medio en que se realice del importe correspondiente a salarios mensuales y fotocopia de los modelos 111 y 190 de ingreso del IRPF
  • Facturas detalladas con todos los requisitos mencionados
  • Certificación emitida por representante legal para gastos de personal y colaboraciones
  • Nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social
  • Justificantes de pago de salarios
  • Facturas, billetes o liquidación para dietas por alojamiento, manutención y desplazamientos
  • Certificación emitida por representante legal para cursos
  • Recibo acreditativo del pago para entregas dinerarias

Condiciones económicas

El importe máximo de gastos admisibles como costes de personal se referenciará a las cuantías establecidas para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Los porcentajes máximos admisibles por gastos de mantenimiento y reposición son del 5% y los gastos consistentes en entrega dineraria, del 10%. El importe máximo de gastos indirectos no podrá superar el 10% del importe total subvencionado.; Los pagos en metálico requieren rúbrica de la persona acreedora. Los gastos por colaboraciones se justifican con certificación y facturas correspondientes.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajan en servicios sociales
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 194.481 €. El importe máximo de gastos admisibles como costes de personal se referenciará a las cuantías establecidas para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Los porcentajes máximos admisibles por gastos de mantenimiento y reposición son del 5% y los gastos consistentes en entrega dineraria, del 10%. El importe máximo de gastos indirectos no podrá superar el 10% del importe total subvencionado.; Los pagos en metálico requieren rúbrica de la persona acreedora. Los gastos por colaboraciones se justifican con certificación y facturas correspondientes.. Presupuesto total: 194.481 €

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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