Subvención nominativa Cruz Roja Española para servicios sociales en Asturias
Qué financia
Financia proyectos y actividades en el ámbito de los servicios sociales
A quién va dirigida
Organizaciones benéficas y no gubernamentales que trabajan en servicios sociales
Requisitos
- Ser la Cruz Roja Española
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Reunir los requisitos para ser acreedora de la subvención
- No incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de General de Subvenciones
- Cumplir con las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la misma Ley respecto a subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualquier Administración Pública
- Figurarán extendidos a nombre de la entidad perceptora de la subvención
- Tanto en las facturas como en los recibos debe figurar número de factura, datos identificativos del expedidor y receptor, descripción detallada de la operación, precio unitario, contraprestación total, IVA correspondiente, lugar y fecha de emisión.
- Se admitirán facturas emitidas por medios electrónicos siempre que garanticen autenticidad, integridad y legibilidad.
Gastos subvencionables
- Gastos de mantenimiento y reposición de equipamiento esencial y enseres de las viviendas
- Entrega dineraria para gastos de documentación, seguros y personales o de bolsillo
- Costes de personal referenciados a las cuantías establecidas para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias
- Gastos indirectos relacionados con la actividad subvencionada
- Suministros de agua, electricidad, gas de uso doméstico
- Combustible para calefacción
- Telecomunicaciones
- Contratación de personal (nóminas, boletines de cotización a la Seguridad Social)
- Colaboraciones en régimen de arrendamiento de servicios
- Participación de personal voluntario
- Dietas por alojamiento, manutención y desplazamientos
- Realización de cursos
- Entregas dinerarias a personas destinatarias
Documentación a presentar
- Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar
- Certificados de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaración responsable de reunir los requisitos para ser acreedora de la subvención
- Nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y RNT) correspondientes al período en que se imputen los gastos
- Justificantes que acrediten el pago y el medio en que se realice del importe correspondiente a salarios mensuales y fotocopia de los modelos 111 y 190 de ingreso del IRPF
- Facturas detalladas con todos los requisitos mencionados
- Certificación emitida por representante legal para gastos de personal y colaboraciones
- Nóminas y boletines de cotización a la Seguridad Social
- Justificantes de pago de salarios
- Facturas, billetes o liquidación para dietas por alojamiento, manutención y desplazamientos
- Certificación emitida por representante legal para cursos
- Recibo acreditativo del pago para entregas dinerarias
Condiciones económicas
El importe máximo de gastos admisibles como costes de personal se referenciará a las cuantías establecidas para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Los porcentajes máximos admisibles por gastos de mantenimiento y reposición son del 5% y los gastos consistentes en entrega dineraria, del 10%. El importe máximo de gastos indirectos no podrá superar el 10% del importe total subvencionado.; Los pagos en metálico requieren rúbrica de la persona acreedora. Los gastos por colaboraciones se justifican con certificación y facturas correspondientes.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.