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Subvención Nominativa para Comercio, Turismo y Pymes en Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa 2026 cámara de córdoba
Resumen: Es una subvención que beneficia a entidades comerciales, turísticas y pymes en Andalucía. Se dirige a personas jurídicas sin actividad económica propia.

Qué financia

Financia costos relacionados con actividades administrativas de oficina y otras auxiliares para empresas.

A quién va dirigida

Empresas comerciales, turísticas y pymes en Andalucía que necesiten financiación para servicios administrativos.

Requisitos

  • Aportación de la documentación necesaria para iniciar el procedimiento de concesión de la subvención
  • Solicitud firmada por la persona que ostenta la representación legal de la entidad
  • Proyecto detallado con el desglose de partidas y conceptos de gastos
  • Acreditación de personalidad de la persona solicitante y su representante
  • Título o poder bastante a favor del Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba
  • Declaraciones responsables sobre circunstancias previstas en las leyes de subvenciones
  • Acreditación de cumplimiento tributario y seguridad social
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Disponer de libros contables, registros diligenciados y documentos auditados
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Comunicar al órgano concedente cualquier alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
  • La persona o entidad beneficiaria deberá poner a disposición libros, registros y documentos exigibles para la auditoría.
  • El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa es subvencionable.

Gastos subvencionables

  • Gastos corrientes y de mantenimiento de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, y Servicios de Córdoba durante el ejercicio 2026
  • Excluidas las financiadas por Fondos Europeos
  • Gastos de personal
  • Gastos de asesoramiento y servicios externos
  • Desplazamiento, alojamiento y manutención
  • Otros gastos corrientes necesarios para el desarrollo de las funciones público-administrativas
  • Personal
  • Servicios externos
  • Otros gastos corrientes

Criterios de valoración

  • No se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total: importe de la subvención proporcional a nivel de consecución.
  • Alcanzado objetivo o finalidad perseguida, si no se justifica debidamente el total de la actividad subvencionada: reducirse el importe de la subvención.

Documentación a presentar

  • Solicitud de subvención
  • Proyecto detallado con gastos corrientes y mantenimiento
  • Acreditación de personalidad
  • Título o poder bastante
  • Declaraciones responsables
  • Acreditación tributaria y seguridad social
  • Memoria de Actuación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Memoria Económica Abreviada
  • Relación clasificada de los gastos por partidas presupuestarias
  • Declaración Responsable relativa a la no cofinanciación de ingresos o gastos con otras subvenciones o ayudas
  • Certificado de Finalidad de la Subvención
  • Informe de una persona auditora de cuentas
  • Identificación del beneficiario y auditora
  • Resolución de concesión
  • Cuenta justificativa
  • Memoria de actuación
  • Relación clasificada de gastos

Condiciones económicas

El importe se pagará en dos partes iguales: un primer pago del 50% tras la notificación de la resolución y un segundo pago del 50% antes del 31 de diciembre de 2026. La justificación parcial deberá presentarse al menos el 50% del presupuesto aceptado, antes del 14 de octubre de 2026.; El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa es subvencionable. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba debe mantener documentación original y está sujeta a diversas leyes y reglamentos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Empresas comerciales, turísticas y pymes en Andalucía que necesiten financiación para servicios administrativos.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 186.400 €. El importe se pagará en dos partes iguales: un primer pago del 50% tras la notificación de la resolución y un segundo pago del 50% antes del 31 de diciembre de 2026. La justificación parcial deberá presentarse al menos el 50% del presupuesto aceptado, antes del 14 de octubre de 2026.; El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa es subvencionable. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Córdoba debe mantener documentación original y está sujeta a diversas leyes y reglamentos.. Presupuesto total: 186.400 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo. Fin: Sin plazo.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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