Subvención nominativa para grandes industrias en Cádiz
Qué financia
Financia proyectos de investigación, desarrollo e innovación.
A quién va dirigida
Empresas grandes, pymes y particulares interesados en proyectos de I+D+i.
Requisitos
- Acreditar el efectivo destino de la subvención a su finalidad
- Comunicar cualquier modificación en las acciones que pueda tener incidencia sobre los gastos recogidos en el Presupuesto
- Realizar las acciones contempladas y presentar justificación correspondiente
- Hallarse al corriente en obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Comunicar concesiones de subvenciones de otros entes públicos o privados para la misma finalidad
- No estar incurso en supuestos recogidos en el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones
- Presentación de contratos de trabajo vigentes del personal asignado al proyecto
- Nóminas y justificantes de pago numerados con el número correlativo de la nómina
- RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones) y justificante de su pago
- RNT (Relación nominal de trabajadores)
- Facturas válidas para gastos subvencionables, cumpliendo con Real Decreto 1619/2012
- Justificantes de pago correspondientes a las facturas
- Declaraciones responsables en caso de retenciones del IRPF
Gastos subvencionables
- Recogida y tratamiento de datos de las empresas asociadas
- Elaboración y maquetación del informe anual
- Producción de un audiovisual
- Creación de materiales divulgativos
- Organización y difusión del acto de presentación de la memoria anual
- Gastos de personal asalariado
- Prestación de servicios y adquisición de bienes
- Ayudas económicas concedidas a terceros
Criterios de valoración
- Los gastos deben responder indubitadamente a la naturaleza de la actividad subvencionada
- Deben estar efectivamente realizados en el período de ejecución y abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación
- No tengan un coste superior al valor de mercado
- Los gastos de personal no podrán superar el 20% del total de la subvención concedida
- Los gastos de publicidad no podrán superar el 10% de la ayuda concedida
Documentación a presentar
- Contratos de trabajo vigentes del personal asignado al proyecto
- Nóminas y justificantes de pago
- RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones) y justificante de su pago
- RNT (Relación nominal de trabajadores)
- Ordenes de transferencia firmadas y selladas en casos de pagos agrupados o extracto bancario no nominativo
- Resúmenes contables mensuales detallados por trabajador y concepto salarial
- Certificación de la entidad firmada por la persona debidamente autorizada
- Nóminas y justificantes de pago numerados con el número correlativo de la nómina
- Facturas válidas para gastos subvencionables, cumpliendo con Real Decreto 1619/2012
- Justificantes de pago correspondientes a las facturas
- Declaraciones responsables en caso de retenciones del IRPF
Condiciones económicas
El pago se realizará como único anticipo tras la firma del convenio; los gastos deben estar efectivamente realizados en el período de ejecución y abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación.; El texto no establece un tope específico para la cantidad de ayuda, pero menciona que los gastos deben estar justificados y acreditados por facturas válidas. También se requiere presentar asientos bancarios y declaraciones responsables en algunos casos.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.