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Subvención Nominativa para Investigación en Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa 2026 academia 02
Resumen: Es una subvención destinada a entidades que realizan investigación, con un enfoque específico en servicios de seguridad. Está dirigida a instituciones sin actividad económica propia.

Qué financia

Financia proyectos de investigación y desarrollo en el ámbito de la seguridad

A quién va dirigida

Instituciones académicas o investigativas que no realizan actividades económicas propias, con especial interés en temas relacionados con servicios de seguridad

Requisitos

  • Realizar la actividad y cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinan la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados.
  • Dar publicidad de la subvención.
  • Gastos por servicios de limpieza, seguridad, distribución de mensajes, estudios técnicos, exposiciones culturales y más.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal
  • Gastos corrientes en bienes y servicios
  • Servicios de limpieza y aseo
  • Seguridad de edificios e instalaciones
  • Distribución de mensajes, correspondencia, paquetería
  • Estudios, trabajos técnicos y laboratorio
  • Exposiciones culturales
  • Edición de libros y publicaciones
  • Manutención, estancias y desplazamientos de académicos
  • Gastos de protocolo

Criterios de valoración

  • Los gastos deben responder a la naturaleza de la actividad subvencionada
  • Ser estrictamente necesarios
  • Realizarse dentro del plazo de actividad señalado
  • No superar el valor de mercado ni exceder lo razonable en un entorno de austeridad

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa
  • Memoria económica justificativa
  • Relación clasificada de los gastos con identificación del acreedor y documento
  • Facturas o documentos de valor probatorio
  • Indicación de criterios de reparto de costes generales e indirectos
  • Otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad

Condiciones económicas

La subvención se destina a gastos corrientes y no incluye inversiones. La cuantía global puede ser asignada a cualquier partida de gasto según las necesidades de ejecución.; Los gastos de desplazamiento y estancias están sujetos a un baremo específico. Los gastos de protocolo no deben superar el 10% del total de la subvención.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Instituciones académicas o investigativas que no realizan actividades económicas propias, con especial interés en temas relacionados con servicios de seguridad
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. La subvención se destina a gastos corrientes y no incluye inversiones. La cuantía global puede ser asignada a cualquier partida de gasto según las necesidades de ejecución.; Los gastos de desplazamiento y estancias están sujetos a un baremo específico. Los gastos de protocolo no deben superar el 10% del total de la subvención.. Presupuesto total: 19.852 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de Solicitud. Fin: Sin plazo de Solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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