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Subvención Nominativa Penitenciario 2026
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa penitenciario 2026
Resumen: Es una subvención para entidades jurídicas que no realizan actividades económicas, con el objetivo de mejorar la justicia en Andalucía.
Qué financia
Financiar acciones relacionadas con la mejora del sistema penitenciario y la administración judicial.
A quién va dirigida
Entidades jurídicas sin actividad económica que trabajen en el ámbito de la justicia.
Requisitos
- Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 116 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Ser miembro asociado del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
- Cumplir las obligaciones de transparencia establecidas por la Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía.
Gastos subvencionables
- Gastos originados por las actuaciones de orientación jurídica penitenciaria
Documentación a presentar
- Una memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
- Un certificado detallado por cada centro penitenciario, incluyendo número de colegiación, nombre y apellidos de los letrados o letradas que han realizado actuaciones de orientación jurídica penitenciaria.
- Una memoria económica justificativa con el total de cuantía percibida distribuida a los colegios de abogados.
Condiciones económicas
El importe máximo es fijado por la Ley de Presupuestos para el año 2026, no se puede incrementar más de 90 euros por actuación.; El importe no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada, incluso en concurrencia con otras ayudas. La subvención es compatible con otras subvenciones.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades jurídicas sin actividad económica que trabajen en el ámbito de la justicia.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. El importe máximo es fijado por la Ley de Presupuestos para el año 2026, no se puede incrementar más de 90 euros por actuación.; El importe no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada, incluso en concurrencia con otras ayudas. La subvención es compatible con otras subvenciones.. Presupuesto total: 186.840 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo. Fin: Sin plazo.
Fuente oficial
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