Subvención para acciones contra la despoblación en Cuenca
Qué financia
Financia acciones de servicios sociales y promoción social
A quién va dirigida
Organizaciones sin fines de lucro que trabajen en servicios sociales o actividades asociativas
Requisitos
- Cumplimiento de los requisitos preceptivos para adquirir la condición de beneficiario conforme a la Ley 38/2003, incluyendo declaración responsable y comprobación de obligaciones tributarias y Seguridad Social.
- Acreditación por parte del beneficiario del cumplimiento de estos requisitos.
- Presentar relación de gastos e ingresos asignados a cada subvención
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y Seguridad Social por importe superior a 3.000 €
- Adjuntar Certificado de la AEAT si se imputa IVA
Gastos subvencionables
- Gastos de proyectos, actividades y oficina técnica
- Gastos de personal
- Gastos de desplazamientos y/o dietas de las personas adscritas a la unidad técnica
- Gastos de funcionamiento ordinario del Grupo
Criterios de valoración
- Compatibilidad con otras subvenciones
- Subcontratación hasta el 80%
- Control financiero y comprobación por parte del ente gestor
Documentación a presentar
- Instancia conforme al modelo que figura en el Anexo II de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.
- Certificado expedido por el órgano competente de la entidad beneficiaria acreditativo de los fondos recibidos y no haber recibido otras subvenciones o ayudas superiores al coste total de la actividad.
- Índice numerado de los justificantes que se presentan, conforme al modelo del Anexo III de la Ordenanza de Subvenciones.
- Relación Justificación facturas (Anexo III).xlsx
- Facturas y/o documentos de valor probatorio con conceptos desglosados.
- Memoria final descriptiva del proyecto y actividades realizadas, acompañada del presupuesto de ingresos y gastos.
- Resguardo bancario o extracto bancario detallado
- Factura firmada por el acreedor indicando pagado en metálico
- Justificante de cargo en cuenta para obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Transferencia bancaria acompañada del documento al que se hace referencia
Condiciones económicas
El importe máximo es nominal y no se basa en un porcentaje del gasto subvencionable. El plazo de ejecución comprende desde el 01/11/2025 hasta el 31/10/2026, con posibilidad de ampliación.; El pago se puede hacer por transferencia bancaria, domiciliación en cuenta, cheque nominativo o pagaré, metálico (hasta 999,99 euros) o internet. Se permite subcontratación hasta el 80%.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.