● Abierta · hasta 31/10/2026110.000 €

Subvención para acciones contra la despoblación en Cuenca

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CUENCA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Denominación oficial (BDNS): Subvención a adi záncara para acciones de lucha contra la despoblación 2026
Resumen: Es una subvención de la Diputación Provincial de Cuenca que financía iniciativas sociales y promocionales para combatir el problema de la despoblación. Está dirigida a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia acciones de servicios sociales y promoción social

A quién va dirigida

Organizaciones sin fines de lucro que trabajen en servicios sociales o actividades asociativas

Requisitos

  • Cumplimiento de los requisitos preceptivos para adquirir la condición de beneficiario conforme a la Ley 38/2003, incluyendo declaración responsable y comprobación de obligaciones tributarias y Seguridad Social.
  • Acreditación por parte del beneficiario del cumplimiento de estos requisitos.
  • Presentar relación de gastos e ingresos asignados a cada subvención
  • Estar al corriente en obligaciones tributarias y Seguridad Social por importe superior a 3.000 €
  • Adjuntar Certificado de la AEAT si se imputa IVA

Gastos subvencionables

  • Gastos de proyectos, actividades y oficina técnica
  • Gastos de personal
  • Gastos de desplazamientos y/o dietas de las personas adscritas a la unidad técnica
  • Gastos de funcionamiento ordinario del Grupo

Criterios de valoración

  • Compatibilidad con otras subvenciones
  • Subcontratación hasta el 80%
  • Control financiero y comprobación por parte del ente gestor

Documentación a presentar

  • Instancia conforme al modelo que figura en el Anexo II de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.
  • Certificado expedido por el órgano competente de la entidad beneficiaria acreditativo de los fondos recibidos y no haber recibido otras subvenciones o ayudas superiores al coste total de la actividad.
  • Índice numerado de los justificantes que se presentan, conforme al modelo del Anexo III de la Ordenanza de Subvenciones.
  • Relación Justificación facturas (Anexo III).xlsx
  • Facturas y/o documentos de valor probatorio con conceptos desglosados.
  • Memoria final descriptiva del proyecto y actividades realizadas, acompañada del presupuesto de ingresos y gastos.
  • Resguardo bancario o extracto bancario detallado
  • Factura firmada por el acreedor indicando pagado en metálico
  • Justificante de cargo en cuenta para obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Transferencia bancaria acompañada del documento al que se hace referencia

Condiciones económicas

El importe máximo es nominal y no se basa en un porcentaje del gasto subvencionable. El plazo de ejecución comprende desde el 01/11/2025 hasta el 31/10/2026, con posibilidad de ampliación.; El pago se puede hacer por transferencia bancaria, domiciliación en cuenta, cheque nominativo o pagaré, metálico (hasta 999,99 euros) o internet. Se permite subcontratación hasta el 80%.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines de lucro que trabajen en servicios sociales o actividades asociativas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 110.000 €. El importe máximo es nominal y no se basa en un porcentaje del gasto subvencionable. El plazo de ejecución comprende desde el 01/11/2025 hasta el 31/10/2026, con posibilidad de ampliación.; El pago se puede hacer por transferencia bancaria, domiciliación en cuenta, cheque nominativo o pagaré, metálico (hasta 999,99 euros) o internet. Se permite subcontratación hasta el 80%.. Presupuesto total: 110.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/10/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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