Cerrada75.000 €

Subvención para actividades artísticas y culturales en Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 22 de mayo de 2026. Línea 1
Resumen: Es una subvención que financía proyectos de creación artística y artes escénicas. Está dirigida a pymes y personas físicas con actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos de actividades artísticas y artes escénicas en Andalucía

A quién va dirigida

Pymes y particulares que realizan actividades económicas relacionadas con la creación artística y las artes escénicas

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida
  • Tener establecimiento o sucursal en Andalucía
  • Cumplir requisitos de la convocatoria y mantenerlos durante ejecución
  • Cumplir los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria
  • No haber solicitado ni obtenido subvenciones similares relacionadas con esta solicitud
  • No estar incursa en prohibiciones contempladas en las bases reguladoras
  • No ser empresa sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
  • No ser una empresa en crisis

Gastos subvencionables

  • Presupuesto total del proyecto
  • Importe de la solicitud de subvención
  • Espacio de grabación ubicado en Andalucía
  • Sello discográfico andaluz
  • Profesionales contratados asociados a la producción fonográfica nacidos/ residentes en Andalucía

Criterios de valoración

  • Criterios artísticos y técnicos por orden decreciente de importancia
  • Puntuación mínima de 60 puntos para ser considerado válido
  • Desempate según puntuaciones en criterios restantes
  • Valoración del interés artístico y cultural del proyecto (hasta un máximo de 70 puntos)
  • Características del proyecto artístico
  • Presupuesto y plan de financiación
  • Valoración artística del proyecto
  • Diseño de los planes de producción, distribución y comunicación
  • Visibilidad, progresión e interés del artista o formación en el panorama actual de la música

Documentación a presentar

  • Memoria o dossier de la actividad
  • Presupuesto detallado y plan de financiación
  • Autorizaciones de autoridades (para algunas líneas)
  • Plan de gira, programación del festival/ciclo/evento/sala (según línea)
  • Memoria o dossier de la actividad a desarrollar
  • Presupuesto
  • Autorización de gastos ejecutados por personas o entidades vinculadas
  • Plan de gira (sólo para línea 3a)
  • Plan del proyecto de programación (sólo para la línea 4 al completo)
  • Autorización de las autorías implicadas en la obra

Condiciones económicas

La cuantía máxima de la subvención está limitada al 70% o 75% del presupuesto aceptado del proyecto, dependiendo de la línea. Hay un prorrateo del crédito si se supera el disponible.; El crédito sobrante se redistribuirá entre beneficiarios según puntuación, sin superar el importe solicitado o la cuantía máxima. Se permite repartir sobrantes a nuevos beneficiarios si hay aumento en el crédito disponible.; La subvención se repartirá entre solicitantes en caso de renuncia dentro del primer mes. Hay un sistema de justificación que puede requerir una cuenta justificativa simplificada o con informe de auditor si el importe es igual o superior a 60,000 €.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Pymes y particulares que realizan actividades económicas relacionadas con la creación artística y las artes escénicas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La cuantía máxima de la subvención está limitada al 70% o 75% del presupuesto aceptado del proyecto, dependiendo de la línea. Hay un prorrateo del crédito si se supera el disponible.; El crédito sobrante se redistribuirá entre beneficiarios según puntuación, sin superar el importe solicitado o la cuantía máxima. Se permite repartir sobrantes a nuevos beneficiarios si hay aumento en el crédito disponible.; La subvención se repartirá entre solicitantes en caso de renuncia dentro del primer mes. Hay un sistema de justificación que puede requerir una cuenta justificativa simplificada o con informe de auditor si el importe es igual o superior a 60,000 €.. Presupuesto total: 75.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/06/2026. Fin: 22/06/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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