Subvención para actividades de difusión y promoción del folklore vasco
Qué financia
Financia la organización de actividades que promueven y difunden el folklore vasco, especialmente el bertsolarismo.
A quién va dirigida
Organizaciones culturales o asociativas sin fines de lucro en Araba/Álava
Requisitos
- Desarrollar el proyecto presentado durante el año 2026.
- Justificación de fondos propios o recibidos de otras entidades
- Relación de justificantes de gasto relativos al proyecto subvencionado
- Balance de ingresos y gastos del proyecto/actividad
- Justificación de la subvención
- Adoptar buenas prácticas medioambientales
- Proporcionar entradas para campañas de difusión online
- Cumplir con las actuaciones de comprobación y control financiero
Gastos subvencionables
- Gastos directos e indirectos del proyecto
- Costes de personal y seguridad social
- Liquidación individualizada de gastos, dietas y viajes
- Zeharkako kostuak (costes indirectos)
Criterios de valoración
- Justificación de la subvención según cláusulas sexta y séptima del convenio
Documentación a presentar
- Memoria explicativa del proyecto realizado con indicación de los resultados obtenidos
- Ejemplar de los estudios, programas, publicaciones, carteles anunciadores y cuanta documentación gráfica y escrita haya sido elaborada en la actividad objeto de la subvención.
- Ficha de seguimiento de utilización del euskera.
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades.
- PFEZren atxikipena
- Facturas originales
- Documentos que acrediten el pago de las facturas
- Nominas y TCs (actuales RNT, Relación Nominal de Trabajadores y RLC, Relación de Liquidación de Cotizaciones)
- Modelos 110 y 190 correspondientes a las retenciones de IRPF
- Documentos solicitados para el seguimiento del proyecto
- Poliza aseguradora de las actividades objeto del convenio
- Presentación en ruedas de prensa si se organiza una presentación pública
Condiciones económicas
El pago se efectúa en dos partes: 80% tras la firma del convenio y 20% una vez justificada correctamente la subvención. La entidad beneficiaria debe justificar el gasto en un plazo de tres meses a partir de la finalización del programa.; Los gastos deben estar justificados por facturas originales y documentos que acrediten el pago. Los costes indirectos no pueden superar el 5% del importe finalmente subvencionado.; Exención de tasas según las ordenanzas fiscales; publicidad conjunta con la marca del Ayuntamiento; aplicación de principios lingüísticos e igualdad de género; protección de datos personales conforme a la legislación vigente.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.