Subvención para actividades y funcionamiento en producción ganadera
Qué financia
Financia diversas actuaciones económicas relacionadas con la producción ganadera
A quién va dirigida
Personas jurídicas que no realizan actividades económicas pero están involucradas en el sector de la producción ganadera
Requisitos
- Realizar la actuación objeto de la subvención
- Pagar gastos, derechos y tasas relacionados con su ejecución
- Obtener permisos, licencias y seguros necesarios
- Comparecer a presentaciones institucionales
- Autorizar a la Diputación a comunicar y difundir la actuación subvencionada
- Aportar cuenta justificativa de la ejecución y gastos derivados
- Subcontratar con terceros hasta el 100% del importe, dentro de los límites establecidos
- Declaración de no tener otras ayudas para el mismo objeto
- Cumplimiento de las condiciones que motivaron su concesión
- Publicidad en gallego y cumplimiento de normativas sobre contenidos
- Abono de gastos en plazos establecidos
- Cumplición del artículo 31.3 de la LGS
Gastos subvencionables
- Gastos estrictamente necesarios para la actuación subvencionada
- Gastos financieros directamente relacionados y indispensables
- Gastos de asesoría jurídica o financiera
- Gastos notariales y registrales
- Gastos periciales para la realización del proyecto
- Gastos administrativos específicos
- Gastos subvencionables en operaciones comerciales
Documentación a presentar
- ANEXO I. Memoria de la actuación, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el convenio canalizador de la subvención
- ANEXO II. Relación clasificada de gastos por el coste total de la actuación subvencionada
- ANEXO III. Declaración conjunta con indicaciones específicas
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa
- Facturas o documentos de valor probatorio
- Acreditación del pago de las facturas
- Ofertas solicitadas según artículo 31.3 de la LGS
- Documento emitido por entidad bancaria con número de cuenta
- Copia del ANEXO 1 y certificados tributarios y de Seguridad Social
- Solicitud de anticipo
- Documento bancario con número de cuenta
- Detalle del nivel de ejecución del gasto y facturas o documentos probatorios
Condiciones económicas
El mínimo aportación por parte de la beneficiaria es el 5%. La subcontratación puede llegar al 100% del importe, pero debe ser justificada. El plazo para presentar la cuenta justificativa es hasta el 31 de marzo de 2027.; El importe máximo es un anticipo del 80% sobre el total subvencionado, con dispensa de garantía. Se requieren justificantes de gasto que superen el 25% del importe de la subvención o una muestra según el número de justificantes.; El anticipo se puede realizar con dispensa de garantía si se acredita la imposibilidad o dificultad para llevar a cabo las actuaciones subvencionadas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.