● Abierta · hasta 31/12/20265.000 €

Subvención para asociaciones de jóvenes restauradores en Cádiz

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ
Denominación oficial (BDNS): Subvención nominativa asociación jóvenes restauradores de conil - dipuinnova + 2026.
Resumen: Es una subvención que financía proyectos de investigación, desarrollo e innovación. Está dirigida a diversas entidades y personas físicas relacionadas con el sector gastronómico.

Qué financia

Financia proyectos de investigación, desarrollo e innovación en el sector de los restaurantes

A quién va dirigida

Asociaciones de jóvenes restauradores, pymes del sector gastronómico y personas físicas interesadas en proyectos relacionados con la industria culinaria.

Requisitos

  • Acreditar el efectivo destino de la subvención a su finalidad
  • Comunicar cualquier modificación en las acciones que pueda tener incidencia sobre los gastos recogidos en el Presupuesto
  • Realizar las acciones contempladas y presentar justificación correspondiente
  • Hallarse al corriente en obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Comunicar concesiones de subvenciones de otros entes para la misma finalidad
  • No estar incurso en supuestos recogidos en el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones
  • Los gastos deben estar relacionados con actividades que no sean recuperables o exentos de IVA.
  • En el caso del Régimen de prorrata general, se considerará recuperable el importe del IVA a menos que se presente la declaración de IVA con prorrata definitiva.

Gastos subvencionables

  • Gastos relacionados con la organización y desarrollo del proyecto
  • Costos de personal asignado al proyecto (hasta un máximo del 20% del total de la subvención)
  • Gastos de publicidad (hasta un máximo del 10% de la ayuda concedida)
  • Personal asalariado
  • Prestación de servicios
  • Adquisición de bienes

Criterios de valoración

  • Los gastos deben responder indubitadamente a la naturaleza de la actividad subvencionada
  • Deben estar efectivamente realizados en el período de ejecución y abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación
  • No tengan un coste superior al valor de mercado

Documentación a presentar

  • Contratos de trabajo vigentes del personal asignado al proyecto
  • Nóminas y justificantes de pago
  • RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones) y justificante de su pago
  • RNT (Relación nominal de trabajadores)
  • Ordenes de transferencia firmadas y selladas en caso de pagos agrupados o extracto bancario no nominativo
  • Resúmenes contables mensuales detallados por trabajador y concepto salarial
  • Certificación de la entidad firmada por la persona debidamente autorizada
  • Contratos de trabajo vigentes del personal asignado al proyecto.
  • Nóminas y justificantes de pago, numerados en la parte superior derecha con el mismo número que se ha marcado en el libro de excel de justificación.
  • RLC (Recibo de liquidación de cotizaciones) y justificante de su pago.
  • RNT (Relación nominal de trabajadores).
  • Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cumpliendo con lo estipulado en el Real Decreto 1619/2012.
  • Justificantes de pago correspondientes a las facturas y pagos agrupados o no nominativos deben acompañar ordenes de transferencia firmadas y selladas.
  • En caso de retenciones del IRPF, se deberán presentar modelos AEAT con justificante de pago y un informe detallado por el responsable.

Condiciones económicas

El pago se realizará como único anticipado tras la firma del convenio; los gastos deben estar efectivamente realizados en el período de ejecución y abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación.; Los gastos subvencionables deben estar relacionados con actividades que no sean recuperables o exentos de IVA. En el caso del Régimen de prorrata general, se considerará recuperable el importe del IVA a menos que se presente la declaración de IVA con prorrata definitiva.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones de jóvenes restauradores, pymes del sector gastronómico y personas físicas interesadas en proyectos relacionados con la industria culinaria.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 5.000 €. El pago se realizará como único anticipado tras la firma del convenio; los gastos deben estar efectivamente realizados en el período de ejecución y abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación.; Los gastos subvencionables deben estar relacionados con actividades que no sean recuperables o exentos de IVA. En el caso del Régimen de prorrata general, se considerará recuperable el importe del IVA a menos que se presente la declaración de IVA con prorrata definitiva.. Presupuesto total: 5.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de I+D+i e innovación

Ver todas →